Particularidades del informe pericial como prueba judicial. Características generales del peritaje como tipo de prueba El peritaje como prueba en un juicio

De conformidad con la parte 1 del art. 80 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, la conclusión de un perito es el contenido del estudio y las conclusiones presentadas por escrito sobre las preguntas formuladas al perito por la persona que lleva el proceso o las partes.

La conclusión de un perito como fuente de prueba debe tener las siguientes características obligatorias:

  • 1. provenir de una persona con conocimientos especiales;
  • 2. ser el resultado de un estudio realizado por un experto, cuyo contenido se establece en la conclusión;
  • 3. recibo en la forma prescrita por el Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia (Capítulo 27);
  • 4. contener las conclusiones finales del perito sobre las circunstancias del caso, formuladas en forma de respuestas a las preguntas planteadas en la resolución (definición).

Sobre la base de los resultados de la investigación realizada por el experto, se elabora una conclusión en la forma prescrita. Cada página del informe está firmada por un experto. La conclusión del experto consta de tres partes: introductoria, investigación y conclusiones.

La parte introductoria indica: el número y fecha de la conclusión; cargo del perito, nombre de la unidad forense, apellido, nombre, patronímico del perito, educación, especialidad, experiencia en el trabajo pericial; motivos para realizar un interrogatorio (resolución del investigador, persona que realiza la investigación, fiscal o sentencia judicial); el número de la causa penal o del caso de infracción administrativa, una breve exposición de las circunstancias del delito o infracción administrativa cometida, relacionada con el tema del examen; tipo de examen; lista de objetos presentados para examen; lista de preguntas planteadas al experto. Al reexaminar, en la parte de agua, se indica adicionalmente información sobre el perito que realizó el examen inicial, las conclusiones del examen primario, así como los motivos para ordenar el reexamen.

La parte de investigación describe el proceso de investigación:

  • - una breve descripción de los objetos en estudio.
  • - herramientas forenses, métodos y resultados obtenidos en el estudio.
  • -experimentos realizados (finalidad, contenido, condiciones, cantidad, estabilidad de los resultados obtenidos, medios y métodos utilizados para registrarlos).
  • - características y propiedades esenciales de los objetos identificados como resultado del estudio.
  • -métodos y técnicas de investigación comparativa de las características identificadas, los resultados de la evaluación de las similitudes y diferencias establecidas entre ellas.
  • - en un apartado aparte se detalla el proceso de investigación para resolver cada cuestión planteada al experto. Al resolver dos o más problemas interrelacionados o estudiar objetos homogéneos durante exámenes de múltiples objetos), el proceso y los resultados del estudio se describen en una sección. Durante los exámenes de objetos múltiples, la sección se puede presentar mediante tablas y otros formularios estandarizados que aseguren una descripción completa del proceso de investigación.

Las conclusiones del perito se formulan sobre la base de un análisis y una síntesis integral, profunda y objetiva de los resultados obtenidos del examen de la evidencia material. Al fundamentar las conclusiones positivas de los exámenes de identificación, se observa la presencia de diferencias existentes y se explican las razones de su existencia. Las conclusiones contienen respuestas a las preguntas planteadas al experto de forma concisa, clara y que no permite diferentes interpretaciones. Las conclusiones, como saben, son respuestas calificadas de un especialista a las preguntas planteadas durante el examen, formuladas de forma lacónica. Se deben dar respuestas a todas las preguntas formuladas; en caso contrario, se justifica la denegación de su autorización.

Los requisitos generales para las conclusiones de los expertos se reducen a tres disposiciones principales.

  • 1. Calificación. Un experto debe resolver cuestiones y formular conclusiones que requieren altas calificaciones en el campo correspondiente de conocimientos especiales y que no pueden resolverse basándose en la experiencia cotidiana.
  • 2. Certeza. Las conclusiones no deben ser de naturaleza vaga o general, permitiendo diferentes interpretaciones.

Según la conclusión del experto, no es deseable utilizar lenguaje sobre “identidad” (“distinción”), “similitud” de objetos (características), sin indicar indicadores específicos (criterios). Esta terminología es más característica de una persona que no tiene conocimientos especiales en esta área. Los resultados de un estudio comparativo de objetos deben ser evaluados por expertos en cuanto a la importancia de estos datos para resolver la cuestión de la identidad de los objetos.

3. Disponibilidad. Las conclusiones no deberían requerir conocimientos especiales para su interpretación, es decir debe ser comprensible para el investigador, el juez y otras partes interesadas. Esto no significa que no puedan contener términos y designaciones especiales necesarios, por ejemplo, para nombrar las características identificadas. Pero el desconocimiento de la esencia científica de los términos utilizados no debería ser un obstáculo para una comprensión inequívoca del significado general de la conclusión por parte de personas que no tienen conocimientos especiales.

Muy a menudo, las conclusiones basadas en los resultados del examen se pueden dar en las siguientes formas básicas:

  • -conclusión categórica sobre la identidad (identidad) de los objetos comparados;
  • - una conclusión categórica sobre la ausencia de identidad (no identidad) de los objetos comparados;
  • - una conclusión probable sobre la identidad (identidad) de los objetos comparados sobre la base de un complejo de características individualizadoras coincidentes, que es insuficiente para formular una conclusión en forma categórica.

Una conclusión categórica significa la total confianza del experto en su exactitud, y los resultados del estudio lo confirman plenamente. Con una conclusión probable, el experto no tiene tanta confianza, pero está cerca de alcanzar el nivel de identificación individual.

Las conclusiones probabilísticas del experto estuvieron desacreditadas durante mucho tiempo: la “teoría de la evidencia” alguna vez negó todo su valor probatorio.

La situación se vio agravada por el hecho de que los expertos a menudo utilizaban métodos subjetivos de investigación y evaluación de sus resultados. Por lo tanto, todavía no se ha establecido un mínimo obligatorio de características coincidentes en la realización de, por ejemplo, exámenes de identificación traceológica.

En cuanto a los exámenes dactiloscópicos, en la actualidad las instituciones competentes no suelen utilizar ningún criterio de identidad preestablecido. Esto significa que en una “situación experta” idéntica, un experto, guiado por su convicción interna, puede dar una conclusión categóricamente positiva, mientras que otro preferirá llegar a una conclusión positiva, pero probabilística. Hay casos en que el investigador, no satisfecho con esto, ordenó un nuevo examen, confiándolo a expertos "más valientes".

También hubo una opción común cuando el perito, al no encontrar ningún fundamento para una respuesta directa a la pregunta que se le planteaba, llegó a una conclusión sobre la “posibilidad de existencia” de la circunstancia establecida. Por ejemplo, cuando se le preguntó si este instrumento causó lesiones corporales, el experto respondió que, según la naturaleza y el alcance de las lesiones corporales, podrían haber sido causadas por este instrumento.

La cuestión de la admisibilidad de un dictamen pericial probabilístico adquirió un nuevo significado con la introducción de los juicios con jurado. Aquí depende de la decisión del juez en cada caso particular si al jurado se le presentan estas pruebas o no se enteran de ellas. Por cierto, en Alemania y EE.UU. los peritajes probabilísticos no sólo se reconocen como admisibles en casos penales, sino que también prevalecen entre otros.

Al mismo tiempo, las conclusiones categóricas también pueden ser inciertas, por ejemplo, las conclusiones sobre la "posibilidad" si reemplazan las conclusiones sobre la "realidad". Sin embargo, las conclusiones en forma de juicio sobre la “posibilidad” también pueden considerarse definitivas y tener valor probatorio cuando al investigador o al tribunal sólo le interesa la posibilidad de cometer cualquier acción (por ejemplo, la posibilidad de un despido espontáneo de un determinado arma, brindar asistencia a un paciente o la posibilidad de que ocurran ciertos eventos).

En opinión del autor, el Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia debe endurecer los requisitos que deben cumplir los peritos y sus deberes para evitar que se llegue a conclusiones presuntivas e inciertas, incluyendo textos sobre la certeza indispensable de las conclusiones del perito.

Si un experto ha establecido alguna circunstancia con alta, pero no absoluta confiabilidad, si pudo determinar el grado de probabilidad de un posible error, esto debe reflejarse en las conclusiones. La información sobre esto, no en las conclusiones, sino en la parte de investigación de la conclusión, puede inducir a error al tribunal, especialmente porque el jurado no siempre recibe el texto completo del informe pericial. Se debe alentar al experto a alcanzar una precisión ideal en sus conclusiones mediante la formulación de las preguntas que se le plantean.

Una vez que la conclusión se considera aceptable, se comprueba en qué medida se corresponde con la realidad. La mayoría de los expertos coinciden en que las condiciones que garantizan la fiabilidad de la opinión de un experto se pueden resumir en tres grupos principales.

1) Aplicación de métodos y técnicas de investigación verdaderamente científicos que aseguren la validez científica de las conclusiones.

El incumplimiento de esta condición da lugar a dudas sobre la fiabilidad de la metodología utilizada por el experto. La mayoría de las veces aparecen en relación con métodos no tradicionales desarrollados recientemente que aún no han recibido reconocimiento universal ni uso generalizado. Por regla general, no hay dudas sobre la fiabilidad de la metodología utilizada por un experto si ha sido desarrollada previamente, probada oficialmente y aprobada. Se debe prestar especial atención a situaciones en las que las técnicas se toman prestadas de literatura extranjera. El hecho mismo de que no se publiquen en el idioma nativo de las personas involucradas en el caso puede convertirse en un serio obstáculo para el reconocimiento del dictamen de un perito como prueba ante un tribunal.

2) Realizar un estudio completo, integral y objetivo de las pruebas materiales y materiales del caso relacionados con el tema del examen.

Puede haber casos en los que el experto no aplicó los métodos de investigación más modernos y sólo sobre esta base se puede cuestionar su conclusión. Al realizar un examen, un especialista está obligado a utilizar toda la gama de métodos de investigación modernos disponibles en sus condiciones para resolver las cuestiones planteadas. Sin embargo, la integridad y amplitud (cantidad y potencial individualizador de los métodos utilizados) de la investigación en el ámbito del examen biológico forense a menudo está determinada por las capacidades de la base material y técnica del laboratorio.

3) Realizar el examen de conformidad con las normas de la legislación procesal y de los estatutos que no las contradigan.

Las condiciones anteriores tienen por objeto garantizar una conclusión fiable.

El peritaje como fuente de prueba.

El Código de Procedimiento Penal de la RSFSR previamente existente en el art. 69 en las fuentes de prueba nombra el peritaje, pero no menciona su testimonio. Se trataba de una especie de laguna en la legislación procesal penal. Los resultados del interrogatorio del perito fueron cuestionables desde el punto de vista de su utilización como prueba. Al fin y al cabo, la información obtenida como resultado del interrogatorio del perito no era ni el testimonio del perito, ya que no existía este tipo de prueba, ni el protocolo del interrogatorio del perito (por falta de indicación al respecto en el artículo 87). del Código de Procedimiento Penal de la RSFSR), ni parte del peritaje, ya que esto no se dice nada en el Código de Procedimiento Penal de la RSFSR. En este sentido, los procesalistas incluso plantearon la cuestión de la idoneidad de esta acción investigativa. Así, D. Velikiy en la literatura plantea la pregunta: "¿Es posible en este caso abandonar el interrogatorio de un perito y sustituirlo por otra acción de investigación?" Se sabe que en la práctica investigativa y judicial el uso de peritajes estaba muy extendido. Los comentaristas del Código de Procedimiento Penal de la RSFSR, previamente existente, creían que las respuestas del experto a las preguntas formuladas durante su interrogatorio son una parte integral de la conclusión, explicando su conclusión, pero no reemplazándola.

El Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, adoptado el 18 de diciembre de 2001, eliminó esta laguna. Entonces, de acuerdo con el art. 74 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, ha aparecido una nueva fuente de prueba: el testimonio de un perito, que este último da durante el interrogatorio. Testimonio pericial: información proporcionada por él durante un interrogatorio realizado después de recibir su conclusión, con el fin de aclarar o aclarar esta conclusión de acuerdo con los requisitos del art. Arte. 205 y 282 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia (parte 2 del artículo 80 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia).

Se pueden distinguir las siguientes características de este tipo de evidencia:

  • 1. El peritaje es siempre oral;
  • 2. es el discurso oral de una persona que realizó un estudio prescrito en la forma prescrita y preparó una conclusión escrita;
  • 3. contenido del testimonio: información que explique la conclusión del perito o parte de ella;
  • 4. el testimonio pericial sólo podrá prestarse durante el interrogatorio;
  • 5. El interrogatorio del perito deberá realizarse únicamente después de que haya dado su conclusión.

El interrogatorio de un perito puede realizarse tanto en la etapa de instrucción preliminar como en la audiencia judicial.

Después de revisar la conclusión del perito, el investigador tiene derecho a interrogar al perito. El interrogatorio de un perito puede realizarse tanto por iniciativa del investigador como a petición del sospechoso, imputado o de su abogado defensor. Se interroga al perito cuando no es necesario un examen adicional de los objetos presentados al perito.

A.P. Ryzhakov destaca los motivos fácticos y jurídicos del interrogatorio. La base fáctica para interrogar a un perito es la necesidad y oportunidad, a través del testimonio del perito, de explicar la conclusión que ha elaborado. La base jurídica es llamar a un perito para interrogarlo o invitarlo a declarar.

El objetivo del interrogatorio de un perito es:

  • a) aclaración de la esencia de términos especiales y formulaciones individuales;
  • b) aclaración de datos que caractericen la competencia del perito y su actitud ante el caso;
  • c) comprender el avance de la investigación de los materiales que se le presentan, los métodos, instrumentos y equipos que utiliza;
  • d) establecer las razones de la discrepancia entre el alcance de las preguntas planteadas y las respuestas del perito o entre la parte de investigación del informe y las conclusiones;
  • e) identificar signos de diagnóstico e identificación que permitan al perito sacar determinadas conclusiones, averiguando en qué medida las conclusiones se basan en materiales de investigación;
  • f) establecer los motivos de la discrepancia en las conclusiones de los miembros de la comisión pericial;
  • g) comprobar la integridad del uso por parte del experto de los materiales que se le presentan, etc.

El interrogatorio no debe confundirse con un examen adicional, cuyos motivos para su nombramiento coinciden con algunos de los motivos del interrogatorio.

La ley no regula específicamente el procedimiento para llamar a un perito para interrogarlo. En la práctica investigativa, la convocatoria de un perito para interrogarlo se realiza de acuerdo con el procedimiento general de conformidad con el art. 188 Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia. Si un perito no comparece sin motivo válido, podrá ser convocado a la reunión. A discreción del interrogador, el interrogatorio se lleva a cabo en el lugar de la investigación, en el lugar del perito o en una institución pericial.

El interrogatorio de un perito se lleva a cabo de acuerdo con las reglas para interrogar a un testigo, sin embargo, el investigador debe tener en cuenta la posición procesal especial del interrogado y el propósito del interrogatorio. Antes del interrogatorio, el investigador, si es necesario, verifica la identidad del perito, explica los objetivos del interrogatorio, los deberes y derechos del perito, previstos en el art. 57 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, y toma nota al respecto en el protocolo, certificado con la firma del perito. También es necesario aclarar el derecho al reembolso de los gastos incurridos (artículo 131 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia), familiarizarse con el contenido del protocolo de interrogatorio, realizarle ampliaciones y modificaciones y certificar la protocolo con firma (artículo 190 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Luego, el investigador descubre información sobre la personalidad, especialidad y competencia del experto. Si se descubren motivos que excluyen la participación de un perito en el proceso penal, la información al respecto se registra en el protocolo de interrogatorio del perito, se suspende el interrogatorio y el investigador ordena un nuevo examen de acuerdo con las reglas de la Parte 1 del artículo. 207 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia.

Así, en el proceso de interrogatorio a un perito se obtienen dos elementos de prueba: el testimonio del perito y el protocolo de interrogatorio del perito.

El protocolo del interrogatorio del perito, junto con la conclusión del perito o un mensaje sobre la imposibilidad de dar opinión, debe ser presentado por el investigador al sospechoso, imputado y su abogado defensor, a quienes se les explica el derecho a solicitar el nombramiento. de un examen forense adicional o repetido.

La introducción del testimonio de un perito en la lista de fuentes de prueba permitió al legislador interpretar de manera algo diferente el propósito de citar a juicio a un perito que brindó su opinión en la etapa de averiguación previa.

Ahora ha aparecido un artículo independiente en el Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia. 282 “Interrogatorio a perito”. Este artículo precede al art. 283 “Examen forense”. Así, a diferencia del procedimiento anteriormente existente, el Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia prevé la posibilidad de citar a un perito que haya emitido una opinión durante la investigación preliminar únicamente para su interrogatorio con el fin de aclarar o complementar la conclusión anterior. dada por el experto. Esta citación podrá realizarse a petición de las partes o por iniciativa del tribunal.

Esta innovación parece justa, ya que no siempre es necesario volver a realizar el examen ante el tribunal. Anteriormente, el procedimiento formal requería llamar a un perito al tribunal, en primer lugar, para realizar un examen y dar una opinión, incluso si el examen ya se había realizado en la etapa de instrucción preliminar y las partes y el tribunal no necesitaban realizar un examen repetido o adicional.

El perito, en este sentido, se vio obligado a participar en la audiencia judicial desde su inicio hasta la emisión de su dictamen. Todos estos requisitos, a veces formales, distrajeron a los expertos de su actividad principal: realizar investigaciones de expertos. Se retrasó el plazo del examen y se alargó el plazo de la investigación preliminar en las causas penales.

Al ser interrogado ante el tribunal, un perito puede presentar nuevos argumentos, fortalecer el argumento y dar respuestas a preguntas que no se plantearon durante la investigación preliminar y no requieren una investigación especial adicional. Un perito es interrogado ante el tribunal según las reglas generales. El presidente le advierte de su responsabilidad por negarse a declarar y por dar un testimonio falso a sabiendas (se advierte a un perito sobre su responsabilidad por dar un dictamen pericial a sabiendas falso en la investigación preliminar). Inicialmente se anuncia la conclusión del perito, tras lo cual se le formulan preguntas, siendo la primera pregunta formulada por la parte por cuya iniciativa se designó el interrogatorio durante la investigación preliminar. Si es necesario, el tribunal tiene derecho a conceder al perito el tiempo necesario para preparar las respuestas a las preguntas del tribunal y de las partes. Las respuestas del perito deberán constar en el acta de la sesión judicial. Se evalúan junto con el dictamen pericial y otras pruebas.

Así, la introducción del peritaje como fuente de prueba se justifica y elimina el vacío en la legislación procesal penal. La solución propuesta por el nuevo Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia parece bastante justificada, teniendo en cuenta las peculiaridades de la posición procesal del perito. Además, tanto antes como ahora es bastante real y aceptable que la información proporcionada por un experto durante el interrogatorio pueda cambiar la naturaleza y el contenido de conclusiones previamente formuladas y reflejadas en la conclusión escrita.

Evaluación del dictamen del perito.

La evaluación de la opinión del experto incluye un análisis de la integridad de los materiales originales, la naturaleza de las preguntas planteadas, la correspondencia de las conclusiones con el encargo y la investigación realizada, el uso de los métodos necesarios y su indiscutibilidad, así como la Competencia y objetividad del perito.

Al evaluar el valor probatorio de un examen se deben tener en cuenta las diferencias en el carácter procesal del examen como fuente de prueba y la participación de un especialista en las acciones investigativas y judiciales, ya que los une la presencia de conocimientos especiales. (a menudo en la misma área) y la necesidad de ello durante la investigación y el proceso judicial.

La ley vincula la distinción entre ellos precisamente con su diferente estatus procesal en relación con la prueba del caso: la opinión del perito es la fuente de la prueba, la investigación que realizó constituye esta fuente; La actividad de un especialista, si bien la ley la define como bastante activa durante las actuaciones investigativas y judiciales, es sin embargo auxiliar, encaminada a brindar asistencia científica y técnica durante la investigación y el juicio. No es una fuente de evidencia.

La valoración del peritaje incluye, en primer lugar, establecer su admisibilidad como prueba. Una condición necesaria para la admisibilidad del dictamen de un perito es el cumplimiento del procedimiento de designación y realización del examen. También deberá comprobarse la competencia del perito y su desinterés por el resultado del caso. Hay que tener en cuenta que sólo los objetos que estén debidamente formalizados procesalmente pueden ser sometidos a investigación pericial. En caso de violaciones significativas que impliquen su inadmisibilidad, la conclusión del perito también pierde su valor probatorio. Y finalmente, el investigador y el tribunal deben comprobar la exactitud del informe pericial y la presencia en él de todos los detalles necesarios.

Además, al evaluar la conclusión, se debe realizar un análisis de la integridad de los materiales estudiados y los materiales para la investigación comparada, la naturaleza de las preguntas planteadas, la correspondencia de las conclusiones con la tarea y la investigación realizada, el uso de las herramientas y métodos necesarios. , se tienen en cuenta la competencia y objetividad del perito. Así, por ejemplo, se compara la conclusión de los psiquiatras expertos con datos sobre el acto, sus motivos y si la persona tenía desviaciones de comportamiento antes de cometerlo, si fue tratado en instituciones psiquiátricas y neurológicas, se analiza en qué medida la conclusión caracteriza los síntomas, curso, pronóstico de la enfermedad, etc. Si existen dudas sobre la integridad del examen del estado mental del acusado, un examen psiquiátrico forense ambulatorio requiere un examen hospitalario.

Debido a la complejidad de verificar y evaluar pruebas como, por ejemplo, el dictamen de un perito, el Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia prevé la necesidad de motivar el desacuerdo con el dictamen del perito. Los motivos del desacuerdo se establecen en la acusación, sentencia (decisión, determinación y terminación del caso) o en la resolución, determinación y designación de un examen adicional (repetido) (artículo 207 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). ).

Si existen varias conclusiones en el caso, el investigador (la persona que lleva a cabo la investigación) o el tribunal de primera instancia tiene derecho a reconocer como correcta, teniendo en cuenta la totalidad de las pruebas, cualquiera de las conclusiones contradictorias existentes, sin ordenar un nuevo examen. Si se considera que todas las conclusiones son incompletas o infundadas, se ordena un nuevo examen.

Independientemente de la valoración de las conclusiones, estas se adjuntan al caso y se tienen en cuenta a la hora de valorar las pruebas en las siguientes etapas del proceso.

Una parte integral de la evaluación de la conclusión es el análisis del procedimiento para designar y realizar el examen. En caso de violación de este procedimiento, el dictamen del perito no tiene fuerza legal. El tribunal tampoco puede utilizar la opinión de un perito como prueba en un caso si no se le advirtió de su responsabilidad por dar una opinión deliberadamente falsa.

El perito no tiene derecho a responder preguntas que excedan el ámbito de su competencia. Si les dio respuestas, entonces se considera que la parte correspondiente de la conclusión no tiene valor probatorio. Sin embargo, si un experto tiene conocimientos, formación y experiencia profesionales en varios sectores, su área de competencia se amplía en consecuencia. La intrusión de un perito en el campo del derecho, o la sustitución de una investigación especial para el conocimiento y evaluación de la totalidad de las pruebas reunidas en el caso, priva en todos los casos a la conclusión de fuerza jurídica.

Como usted sabe, la opinión de un perito se verifica y evalúa comparándola con otras pruebas. Y si entra en conflicto con ellos, entonces esto debería servir como punto de partida para una verificación crítica de la exactitud de la conclusión. Si hay contradicción con los datos fehacientemente establecidos en el caso, la conclusión del perito podrá ser rechazada. Sin embargo, en la práctica también se toman decisiones incorrectas. Así, según el veredicto del Tribunal Regional de Rostov, P. fue declarado culpable del asesinato de dos personas con extrema crueldad. El Tribunal Supremo de la Federación de Rusia reconoció en este caso el asesinato cuando se excedieron los límites de la defensa necesaria. El motivo de esta decisión del tribunal regional fue, entre otras cosas, el rechazo infundado de las conclusiones de los peritos forenses que confirmaron el testimonio del acusado, y otros datos objetivos. En este sentido, el Tribunal Supremo de la Federación de Rusia señaló que la conclusión del tribunal regional no se basó en los materiales del caso.

En otro caso, el Tribunal Supremo de la Federación de Rusia llamó la atención sobre la evaluación acrítica por parte del tribunal de primera instancia de las conclusiones de los peritos psiquiátricos, cuyas conclusiones contradecían tanto los datos allí expuestos como las circunstancias fácticas del caso, lo que llevó a a la emisión de una determinación infundada.

Al evaluar la confiabilidad de la conclusión de un experto, se tiene en cuenta lo siguiente: la confiabilidad de la metodología de investigación utilizada por el experto, la idoneidad del material presentado al experto y la exactitud de los datos iniciales presentados al experto. Naturalmente, la calidad de la opinión de un experto depende directamente de los datos que se le presenten.

Así, por resolución del Presidium del Tribunal Regional de Stavropol, la sentencia del Tribunal del Distrito Industrial de Stavropol contra B. fue anulada por falta de pruebas de su culpabilidad. Al declarar culpable a B. de un accidente de tráfico, el tribunal de distrito se remitió a informes de peritos técnicos en el sector del automóvil, según los cuales tenía la capacidad técnica de evitar una colisión con un autobús frenando. Sin embargo, como indicó el tribunal regional, estas conclusiones periciales suscitan dudas, ya que los datos iniciales que tenían los peritos fueron establecidos por el investigador mediante un experimento de investigación tres años después del accidente de tráfico y su fiabilidad no ha sido confirmada de ninguna manera.

También son de importancia decisiva la integridad de la investigación realizada por el experto, así como la interpretación que haga el experto de las circunstancias (signos) identificadas al formular conclusiones. Así, en el caso de A., por resolución del Presidium del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia, el veredicto del Tribunal Regional de Tyumen y la sentencia de la junta penal del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia fueron anulados debido a lo incompleto de la conclusión del experto; el caso fue enviado para un nuevo juicio.

A veces en la práctica surgen situaciones en las que el investigador y el tribunal deben, evaluando las conclusiones de varios exámenes que se contradicen entre sí, actuar como “árbitro” en relación con ellos, justificar y motivar su propia conclusión, en base a la cual se toma la decisión final. .

Así, con base en lo anterior, el autor llega a las siguientes conclusiones. La conclusión de un perito es un acto escrito elaborado a partir de los resultados de un estudio realizado por una persona designada para estos fines con conocimientos especiales (perito), que contiene los resultados del estudio y las conclusiones sobre las preguntas que se le plantean. La prueba es la información contenida en el peritaje, juicios y conclusiones obtenidas sobre la base de conocimientos especiales como resultado del estudio de los materiales presentados por la investigación o el tribunal, así como la información del testimonio del perito rendido durante su interrogatorio, explicando lo dispuesto en la opinión escrita. El tema de la opinión del perito está determinado por la variedad de preguntas que se le plantean. Sin embargo, el perito tiene derecho a señalar las circunstancias que ha establecido, sobre las cuales no se le hicieron preguntas, si cree que estas circunstancias son importantes para el caso (artículo 57 del Código de Procedimiento Penal). También están sujetos a penas de prisión.

El nuevo Código Penal de la Federación de Rusia introduce una nueva fuente de prueba: el testimonio de un perito, que este último da durante el interrogatorio. El interrogatorio de un perito puede realizarse tanto en la etapa de instrucción preliminar como en la audiencia judicial.

La conclusión del perito está sujeta a verificación y evaluación de forma general, no tiene ninguna ventaja sobre otras pruebas. Las conclusiones del caso no pueden basarse en conclusiones que se contradigan entre sí ni en otras pruebas cuya confiabilidad se haya establecido. En todos los casos, la acusación, la decisión de sobreseimiento y la sentencia deberán presentar y analizar los resultados de los exámenes, no permitiéndose una simple afirmación de la existencia de una conclusión.

Como un tipo de prueba, se trata de una conclusión categórica escrita de una persona con conocimientos especiales en ciencia, tecnología, arte y artesanía, en la que, a partir de la investigación realizada, da respuesta a las preguntas que le plantean. el órgano de investigación, el fiscal o el tribunal (juez) que designó el examen.

La gama de conocimientos especiales que pueden utilizarse en el examen está limitada únicamente por la indicación de la ley de las áreas de conocimiento: ciencia, tecnología, arte, artesanía. Sin embargo, el conocimiento jurídico está excluido de este círculo; No se pueden realizar exámenes legales. Mientras tanto, se reconoce legítimo designar un examen sobre el cumplimiento de cualquier norma técnica o especial, ya que su interpretación a menudo requiere una formación especial y habilidades prácticas, por ejemplo, normas de construcción, normas de contabilidad, algunas de las normas de tráfico más complejas (en en particular, normas de adelantamiento), etc.

Una persona que tiene conocimientos especiales en un determinado campo del conocimiento, participa en el esclarecimiento de las circunstancias de un caso penal por parte de un investigador, una agencia de investigación, un fiscal o un tribunal (juez) y está obligado a dar una opinión, se llama perito. . El proceso mismo por el cual un perito examina las circunstancias esenciales de un caso con la ayuda de su conocimiento y formación especiales, y formula conclusiones sobre ellas, suele denominarse examen.

La teoría y la práctica del proceso penal y la legislación procesal penal se unen para evaluar el carácter procesal del examen. La realización de un peritaje se reconoce como una acción de investigación independiente y la conclusión del perito se reconoce como una fuente de prueba independiente.

Un experto es un especialista. Pero no todos los especialistas son expertos. Estos dos participantes en el proceso se diferencian entre sí (artículos 69, 78.133, 1.141.170-180.184.191 del Código Procesal Penal).

Las funciones de un especialista se diferencian de las de un perito, porque no realiza investigaciones ni emite opinión sobre las pruebas descubiertas, obtenidas e incautadas. Asesora a los órganos de investigación, investigación y tribunales sobre cuestiones especiales de su interés. Se le otorga el derecho de hacer declaraciones que se incluirán en el protocolo relacionado con el descubrimiento, registro e incautación de pruebas. Estas declaraciones no son una fuente de evidencia.

Las características comunes de un perito y un especialista son las exigencias de desinterés por el resultado del caso y competencia en el campo del conocimiento del que son representantes.

La ley especifica que se designa un interrogatorio en los casos en que la investigación o el juicio de casos requieran conocimientos especiales en ciencia, tecnología, arte o artesanía (artículo 78 del Código de Procedimiento Penal). En cada uno de estos casos, se puede ordenar un interrogatorio ya sea por iniciativa del investigador, fiscal o tribunal (juez), o a solicitud de los participantes en el proceso penal interesados ​​en el mismo.

La base para ordenar un examen es la conclusión de la persona que lleva a cabo la investigación o del tribunal de que es necesario utilizar conocimientos especiales para aclarar las circunstancias esenciales del caso.

En algunos casos directamente establecidos por la ley, la realización de un examen es obligatoria, independientemente de la opinión de la persona que realiza la investigación, el investigador; fiscal o tribunal. Según el art. 79 del Código de Procedimiento Penal, es obligatorio un examen: para establecer las causas de la muerte y la naturaleza de las lesiones corporales; determinar el estado mental del imputado (sospechoso), cuando surjan dudas sobre su cordura o su capacidad en el momento del proceso para conocer sus acciones o controlarlas; determinar el estado mental o físico de un testigo o víctima, cuando surja duda sobre su capacidad para percibir correctamente las circunstancias relevantes del caso y dar testimonio correcto sobre ellas; establecer la edad del imputado (sospechoso, víctima), cuando esto sea importante para el caso y no existan documentos sobre la edad.

La ley no define el concepto de "conocimiento especial", pero, presumiblemente, se trata de un conocimiento que no está muy extendido, es accesible al público y que sólo lo poseen personas que tienen una formación o experiencia especial bastante limitada en una determinada rama de la ciencia. , tecnología, arte y artesanía.

La base procesal para ordenar un examen es una decisión adoptada por la persona que lleva a cabo la investigación, el investigador, el fiscal o el juez. En este caso, el tribunal dicta sentencia. La resolución de las cuestiones jurídicas que surjan durante el desarrollo del caso es competencia exclusiva del tribunal, el fiscal y los órganos de instrucción. Estos incluyen cuestiones sobre la culpabilidad o inocencia de determinadas personas al cometer un delito, cuestiones de interpretación de la ley vigente, etc. 1

1 Así se indica en la resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la URSS de 16 de marzo de 1971 No. 1 “Sobre el examen forense en casos penales” // Colección de resoluciones del Pleno del Tribunal Supremo de la URSS. 1924-1986. M., 1987. P. 791.

El artículo 78 del Código de Procedimiento Penal establece que las preguntas formuladas al perito y su conclusión no pueden ir más allá de sus conocimientos especiales. El objeto del examen sólo puede ser aquellas circunstancias cuya aclaración requiere conocimientos especiales y puede confiarse a un experto competente en este campo particular del conocimiento.

Existen varios tipos y tipos de exámenes. Los más comunes son varios tipos de exámenes forenses (huella dactilar, balístico, traceológico, manuscrito, examen técnico forense de documentos), médico forense, psiquiátrico forense, contabilidad forense, autotécnico forense y algunos otros.

En la mayoría de los casos, el examen se confía a una persona con conocimientos especiales en un campo de conocimiento. Si el examen del caso se realiza por primera vez, es inicial. Si la conclusión del perito dada durante el examen inicial no es lo suficientemente clara o completa, se podrá ordenar un examen adicional. Su producción se confía al mismo u otro experto.

Si es necesario un dictamen pericial o existen dudas sobre su exactitud, se ordena un nuevo examen. Su producción se confía a otro experto.

La conclusión del perito consiste en las conclusiones categóricas escritas del perito. El interrogatorio de un perito sobre esta conclusión no puede considerarse ni como el testimonio del perito ni como su conclusión (artículo 69.78 del CP). El interrogatorio del perito se lleva a cabo en relación con la conclusión del perito existente para aclarar sus disposiciones individuales.

Si en la realización de un examen participan varios expertos de la misma especialidad, dicho examen se denomina examen de comisión. Llegados a una conclusión general sobre las cuestiones que se les plantean, firman el peritaje en comisión. En caso de desacuerdo, cada perito da su opinión por separado (artículo 80 del CP).

Si es necesario realizar una investigación conjunta sobre un caso por parte de expertos de diversos campos del conocimiento científico, se lleva a cabo un examen exhaustivo en grupo. Pero incluso en este caso, la regla de independencia individual de los expertos a la hora de preparar y presentar los resultados del estudio permanece inalterada.

La ley establece garantías para la obtención de un dictamen pericial objetivo.

Los motivos para recusar a un perito se definen en el art. 67 Código de Procedimiento Penal. Un perito no puede participar en el procedimiento en los siguientes casos:

1) si existen las causales previstas en el art. 59 del Código de Procedimiento Penal (es decir, las mismas circunstancias que excluyen a un juez de participar en un caso);

la participación previa de una persona en un caso como perito no es motivo de recusación; 2) si estuvo o está en dependencia oficial o de otra índole del imputado, víctima, demandante civil o demandado civil; 3) si realizó una auditoría en este caso, cuyos materiales sirvieron de base para iniciar una causa penal; 4) si se revela su incompetencia.

Los deberes y derechos de un perito se analizan en el art. 82 Código de Procedimiento Penal. El perito está obligado a: comparecer cuando sea citado por el que lleva a cabo la investigación, el investigador, el fiscal y el tribunal; dar una opinión objetiva sobre las cuestiones que le sean planteadas; negarse a dar una opinión si las preguntas planteadas van más allá del alcance de sus conocimientos especiales, si los materiales presentados son insuficientes para dar una opinión.

El perito tiene derecho a: familiarizarse con los materiales del caso relacionados con el tema del examen; presentar solicitudes para que se le proporcionen los materiales adicionales necesarios para emitir una opinión;

Estar presente durante los interrogatorios y otras acciones de investigación y judiciales y hacer preguntas al interrogatorio relacionadas con el tema del interrogatorio.

Por negarse o evadir el desempeño de sus funciones sin una buena razón o por dar una opinión deliberadamente falsa, un perito podrá ser procesado con arreglo a los artículos pertinentes del Código Penal. Puede ser detenido si no se presenta sin motivo válido a la citación (artículo 82 del Código de Procedimiento Penal).

A partir de la investigación realizada de acuerdo con conocimientos especiales, el perito elabora una conclusión en la que expone los resultados de la investigación y formula conclusiones sobre las preguntas que le plantea el investigador o el tribunal. Como toda prueba, el peritaje no tiene fuerza preestablecida y está sujeto a evaluación y verificación en conjunto con todas las circunstancias del caso (artículo 71 del Código de Procedimiento Penal).

En cualquier caso, a la hora de valorar la opinión del perito, podemos hablar de la buena calidad de esta fuente de evidencia si la conclusión: a) proporciona respuestas directas y claras a las preguntas planteadas. Las conjeturas y suposiciones del experto no tienen valor probatorio; b) las conclusiones y declaraciones se basan en datos estrictamente científicos y no van más allá del alcance del conocimiento especial del experto; c) las conclusiones y declaraciones no refutan ni contradicen otros datos fácticos establecidos durante la investigación y consideración del caso.

En la práctica, dependiendo de las circunstancias específicas del caso, puede haber otros motivos por los que los órganos de instrucción, la instrucción o el tribunal no estén de acuerdo con la conclusión del perito. Sin embargo, su desacuerdo con la conclusión debe estar motivado (artículo 80 del Código de Procedimiento Penal).

La conclusión inmotivada o el carácter poco convincente de los argumentos del perito que subyacen a la conclusión pueden servir como motivo para rechazar la conclusión del perito. La probable conclusión de un perito, en la que las cuestiones que se le plantearon no fueron resueltas categóricamente, no puede servir como base para justificar decisiones en el caso. Si la conclusión del experto no se deriva de los hechos establecidos durante el estudio, o no corresponde a los datos científicos de los que parte, entonces se puede detectar tal error por parte del experto al formular conclusiones. La inconsistencia lógica de la conclusión del experto se revela al analizar su contenido y motivación.

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La opinión de expertos como tipo de evidencia.

Introducción

2. Contenido y estructura del dictamen del perito

Conclusión

Introducción

evidencia de opinión pericial

En estos momentos difíciles que atraviesa nuestra sociedad, la lucha contra la delincuencia es una de las principales prioridades del estado. Un arma importante en esa lucha es la ciencia forense, que permite el uso más eficaz de los últimos avances de la ciencia y la tecnología en la investigación de delitos. La opinión de un experto suele ser una prueba importante y, a menudo, decisiva en un caso penal. El trabajo del curso examina las cuestiones de la evaluación de la opinión de un perito como prueba judicial. El tema “El peritaje como tipo de prueba” es un problema acuciante, ya que la legislación procesal penal de muchos países lo considera desde diferentes puntos de vista, y los enfoques para estudiar el tema no siempre son inequívocos. También es necesario prestar atención al papel del experto y al grado de su objetividad.

Si en el proceso penal de la Federación de Rusia la objetividad del perito es el punto de partida del examen y está garantizada por una serie de normas, en el proceso penal angloamericano todavía se practica el examen contradictorio y la invitación de un perito. está permitido, tanto por parte del acusado como de la defensa. En la legislación procesal penal de algunos estados, la opinión de un perito no se considera en absoluto una fuente de prueba independiente.

Los objetos, cosas, huellas incautadas en el lugar de un crimen son portadores de información sobre este crimen y nada más. Para que se conviertan en prueba material, es necesario cumplir con las normas del derecho procesal penal y realizar su investigación. La conclusión del perito como fuente de prueba se caracteriza por ciertos rasgos y características que la distinguen de otras fuentes de prueba y la definen como fuente de prueba.

1. El concepto de opinión pericial.

La opinión de un experto es una fuente de prueba única que se utiliza cada vez más en los procesos penales. Según la ley, el peritaje es el contenido del estudio y las conclusiones presentadas por escrito sobre las preguntas formuladas al perito por la persona que lleva el proceso penal o las partes (parte 1 del artículo 80 del Código de Procedimiento Penal de la República). Federación Rusa). Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia. La conclusión de un perito como prueba es un conjunto de datos fácticos contenidos en su mensaje al investigador y al tribunal, y establecidos como resultado del estudio de objetos materiales, así como la información recopilada en un caso penal por una persona con conocimientos en un determinado campo de la ciencia, la tecnología u otro conocimiento especial.

La conclusión de un perito es uno de los tipos de prueba previstos por la ley (parte 2 del artículo 74 del Código de Procedimiento Penal). 1 Así, para que el peritaje sea un tipo de prueba, es imprescindible que:

1) aparece en el caso como resultado de una investigación;

2) proviene de una persona que tiene ciertos conocimientos especiales, sin cuyo uso la investigación en sí sería imposible;

3) se da en cumplimiento de un procedimiento procesal especialmente establecido;

4) se basa en las pruebas reunidas en el caso.

El perito llega a una conclusión basándose únicamente en un estudio directo de los objetos materiales del examen, o basándose en dicho estudio utilizando información conocida de los materiales del caso, o únicamente basándose en los materiales del caso. La exactitud de la conclusión de un experto que utilizó los datos contenidos en los protocolos de interrogatorio y otros materiales escritos depende, naturalmente, de la fiabilidad de estos últimos.

La investigación pericial se realiza en el proceso de prueba, siendo su parte integrante, está sujeta a los mismos fines. Una vez recibido el dictamen del perito, el tribunal o investigador lo utiliza en el proceso probatorio en curso.

La fiabilidad y exhaustividad de la conclusión depende de la correcta designación del perito. La incompetencia o parcialidad de un perito son motivos de descalificación de un perito (artículo 70 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia).

Se distinguen los siguientes tipos de opiniones de expertos:

1. Una conclusión categórica positiva o negativa. Ésta es una conclusión sobre la presencia o ausencia de identidad. Una conclusión categórica positiva ocurre cuando se establece un conjunto único de signos y propiedades que coinciden en el objeto en estudio y la muestra. Los signos diferentes deben ser insignificantes, inestables y explicables. Se sigue una conclusión categóricamente negativa cuando se establecen signos y propiedades diferentes y los que coinciden no tienen importancia.

2. Conclusión probable. Esta conclusión no es una invención del experto, sino que aparece como consecuencia de una serie de razones. No puede ser prueba del caso, sino que es una versión-suposición pericial. La suposición del perito debe ser verificada por el investigador utilizando los materiales del caso disponibles o los obtenidos como resultado de acciones de investigación adicionales.

3. Conclusión alternativa. Se trata de varias soluciones propuestas al investigador o al tribunal a la pregunta planteada al perito. La condicionalidad de la decisión depende de cuál de los materiales en conflicto se toma como base. Markov V.A. Exámenes forenses (finalidad, metodología de la investigación): monografía. - Samara: Él mismo. humanista academia. 2008. págs.32-45.

Las conclusiones probables y alternativas, por regla general, se obtienen cuando hay una deficiencia del investigador: un pequeño volumen de muestras comparativas, un gran lapso de tiempo, incumplimiento de las condiciones del experimento y obtención de muestras que se presentan al experto. , un volumen muy pequeño del material en estudio, etc. A veces, en las condiciones descritas anteriormente, el experto ni siquiera puede examinar completamente el material y realizar el examen correctamente.

Si la cuestión va más allá de los conocimientos especiales del perito o si los materiales que se le han proporcionado son insuficientes, no emite opinión, sino que informa de ello al organismo que designó el examen. Si los datos establecidos por el perito no son suficientes para llegar a una conclusión categórica sobre la pregunta que se le plantea, entonces el perito debe llegar a la conclusión de que es imposible resolver la cuestión o sacar una conclusión probable. Los partidarios del primer punto de vista señalan que la probable conclusión de un perito no puede ser prueba en un caso penal. Las conclusiones del caso deben basarse únicamente en hechos establecidos de forma fiable.

La conclusión del perito, que contiene evidencia indirecta de identidad, orienta el trabajo del investigador a establecer la identidad utilizando otros métodos de prueba. Una vez que se han encontrado otras pruebas de una determinada circunstancia (por ejemplo, se ha recibido prueba de que una persona determinada dejó un rastro), su evaluación se realiza teniendo en cuenta aquellas circunstancias fácticas (por ejemplo, coincidencias o diferencias) que el perito descubierto durante el proceso de investigación.

Así, si un perito ha establecido una serie de coincidencias o diferencias en los objetos comparados, cuyo complejo, sin embargo, no permite llegar a una conclusión categórica sobre la identidad o su ausencia, el valor probatorio no es la probable del perito. conclusión sobre identidad o diferencia, sino la coincidencia de rasgos particulares, definitivamente especificados por el experto.

Reconocer como prueba la conclusión probable de un perito contradice la instrucción directa de la ley: “Una condena no puede basarse en suposiciones”.

En la conclusión del experto se pueden distinguir los siguientes grupos de información:

1) información que caracterice las condiciones para realizar la investigación pericial: a saber: cuándo, por quién, dónde, sobre qué base se llevó a cabo el examen, quién estuvo presente durante su realización;

2) información sobre la variedad de objetos y materiales recibidos para su examen y sobre la tarea del experto;

3) presentación de principios científicos generales y métodos de investigación en su aplicación a los objetos de investigación;

4) información sobre las características y cualidades establecidas de los objetos en estudio;

5) conclusiones sobre las circunstancias, cuyo establecimiento es el objetivo final del estudio pericial.

El dictamen pericial deberá presentarse por escrito tanto en la instrucción e instrucción como en el tribunal. Esta forma garantiza la claridad de la redacción, implica la elaboración de una conclusión por el propio experto y aumenta el sentido de responsabilidad del experto por sus conclusiones; elimina la posibilidad de errores e inexactitudes; facilita la valoración del peritaje ante las autoridades de casación y control. Al dictar dictamen ante el tribunal, el perito lo presenta por escrito y lo anuncia oralmente. El perito también responde oralmente a las preguntas formuladas durante el interrogatorio. Estas respuestas deben considerarse como parte de la conclusión. Markov V.A. Exámenes forenses (finalidad, metodología de la investigación): monografía. - Samara: Él mismo. humanista academia. 2008. págs.164-178.

La conclusión del experto consta de tres partes: introductoria, investigación y conclusiones. A veces se resalta otra cuarta (o sección): sintetizar. Debe redactarse de acuerdo con las normas legales y reglamentarias, presentarse de manera clara, completa, reflejar objetivamente el proceso de investigación y contener respuestas razonadas y con base científica a las preguntas planteadas. Dicha estructura le permite explorar e inmediatamente analizar y evaluar de manera consistente todas las etapas de la actividad experta.

En la legislación, el contenido y la estructura del dictamen pericial se especifican en el artículo 204 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia.

La parte introductoria indica el número y nombre del caso para el cual se ordenó el examen, un breve resumen de las circunstancias que llevaron al nombramiento del examen (base fáctica), el número y nombre del examen, información sobre el organismo que designó el examen, la base legal para realizar el examen (resolución o determinación, cuándo y quién fue emitida), la fecha de recepción de los materiales para el examen y la fecha de firma de la conclusión; información sobre el experto o expertos: apellido, nombre, patronímico, educación, especialidad (general y experto), grado y título académico, cargo; el nombre de los materiales recibidos para el examen, el método de entrega, el tipo de embalaje y los detalles de los objetos que se examinan, así como para algunos tipos de examen (por ejemplo, autotécnico), los datos iniciales presentados al perito; información sobre las personas presentes durante el interrogatorio (apellido, iniciales, cargo procesal) y cuestiones planteadas para la autorización del perito. Las cuestiones resueltas por el experto por iniciativa propia suelen figurar también en la parte introductoria de la conclusión. La parte introductoria también refleja la participación del experto, si lo hubiere, en la obtención de muestras para investigación comparativa, en el examen del lugar del incidente y otras acciones de investigación.

Si el examen es adicional, repetido, por encargo o complejo, esto se indica especialmente en la parte introductoria. Durante los exámenes adicionales y repetidos, también se presenta información sobre exámenes anteriores: información sobre los peritos y las instituciones periciales en las que se llevaron a cabo, el número y la fecha de la conclusión, las conclusiones obtenidas, así como los motivos para ordenar un examen adicional o examen repetido, especificado en la resolución (definición) sobre su nombramiento. Si el perito presentó una solicitud de materiales adicionales (datos fuente), esto también se anota en la parte introductoria, indicando la fecha de envío de la solicitud, la fecha y los resultados de su resolución.

Las preguntas planteadas al perito se dan en la conclusión en la redacción en la que se indican en la resolución (definición) sobre el nombramiento del examen. Sin embargo, si la pregunta no está formulada de acuerdo con las recomendaciones aceptadas, pero su significado es claro, el perito tiene derecho a reformularla, indicando cómo la entiende de acuerdo con sus conocimientos especiales (con la presentación obligatoria de la redacción original). . Por ejemplo, preguntas como: "¿Las muestras de tierra recuperadas de la escena del crimen son idénticas a la tierra encontrada en los zapatos del acusado?" Los expertos suelen reformular de la siguiente manera: “¿La tierra incautada del lugar del incidente y de los zapatos del acusado pertenece a un área del área (clan, grupo)?” Si el perito no tiene claro el significado de la pregunta, deberá pedir aclaración al organismo que designó el examen. Si hay varias preguntas, el experto tiene derecho a agruparlas, presentándolas en una secuencia que proporcione el orden de investigación más adecuado.

La parte de investigación del dictamen pericial consta de las siguientes etapas: investigación preliminar, investigación detallada, evaluación de los resultados de la investigación y preparación de los materiales de examen.

Luego, el experto describe la metodología de la investigación comparada, los resultados de comparar objetos según sus características generales y particulares, y señala las similitudes o diferencias en las características comparativas establecidas durante el estudio. Al recibir muestras, si es necesario, refleja en la parte de investigación de la conclusión las condiciones para su recepción. En los casos apropiados, proporciona enlaces a las opiniones de otros expertos utilizados como opiniones iniciales, enlaces a materiales de casos analizados dentro de los límites del conocimiento especial del experto y el tema del examen, y datos de referencia. Si el perito participó en alguna acción investigativa, lo indica cuando sus resultados son necesarios para fundamentar sus conclusiones. Si es necesario, el experto proporciona los documentos reglamentarios y de referencia en los que se basó, datos sobre las fuentes literarias utilizadas en la investigación, proporciona enlaces a ilustraciones, aplicaciones y explicaciones de los mismos.

Al final de la parte de investigación de la conclusión, el experto expone los resultados de la comparación y, a partir de ellos, forma sus conclusiones, basándose en principios científicos y datos obtenidos experimentalmente.

Para garantizar la integridad y objetividad de la conclusión, el experto debe explicar las diferencias y similitudes encontradas. Si algunas preguntas no se responden por razones objetivas, entonces en la parte de investigación el experto lo señala. En el caso de un examen exhaustivo, cada experto expone por separado la parte de investigación de la conclusión. Si durante el reexamen se obtienen resultados diferentes, las razones de las discrepancias con los resultados del examen primario se indican en la parte de investigación.

La parte (sección) de síntesis de la conclusión proporciona una evaluación resumida general de los resultados del estudio y la justificación de las conclusiones a las que llegó el experto. Así, en los estudios de identificación, la parte sintetizadora incluye una evaluación final de las características coincidentes y diferentes de los objetos que se comparan, se afirma que las características coincidentes son (no son) estables, significativas y forman (no forman) un individuo, conjunto único.

Las conclusiones son respuestas a las preguntas planteadas al experto. Cada una de estas cuestiones debe responderse en sus propios méritos o indicarse la imposibilidad de su solución. La conclusión es la parte principal de la opinión de los expertos, el objetivo final del estudio. Es él quien determina su valor probatorio en el caso.

En el aspecto lógico, una conclusión es la conclusión de un experto hecha sobre la base de los resultados de una investigación realizada sobre la base de los datos identificados y presentados sobre el objeto en estudio y la posición científica general de la rama de conocimiento relevante.

Los requisitos básicos que debe satisfacer la conclusión de un experto pueden formularse en forma de los siguientes principios:

1. El principio de calificación. Esto significa que un experto sólo puede formular conclusiones cuya elaboración requiere calificaciones suficientemente altas y conocimientos especiales adecuados. Las cuestiones que no requieren conocimientos que puedan resolverse basándose en la simple experiencia cotidiana no deben plantearse a un experto y ser resueltas por él, y si se resuelven, las conclusiones al respecto no tienen valor probatorio.

2. El principio de certeza. Según él, son inaceptables las conclusiones vagas y ambiguas que permitan hacer diferentes interpretaciones (por ejemplo, conclusiones sobre la “igualdad” o “similitud” de los objetos, sin indicar características específicas de coincidencia, conclusiones sobre la “homogeneidad”, que no indican la clase específica a la que están asignados los objetos).

3. El principio de accesibilidad. De acuerdo con él, en el proceso de prueba sólo se podrán utilizar conclusiones periciales que no requieran conocimientos especiales para su interpretación y que sean accesibles a investigadores, jueces y otras personas. Por ejemplo, las conclusiones durante los estudios de identificación sobre la coincidencia de elementos químicos incluidos en los objetos en estudio no cumplen con este principio, ya que el investigador y el tribunal, sin tener los conocimientos especiales adecuados y sin conocer el grado de prevalencia de los elementos químicos. enumerados por el perito, no pueden evaluar el valor probatorio de tal conclusión. Y, en general, la mera enumeración de signos (químicos, tecnológicos, etc.) no dice nada al investigador ni al tribunal, ya que no está claro cuál es el significado probatorio de la conclusión, su valor como prueba. Por lo tanto, utilizar tales hallazgos como evidencia es prácticamente imposible. Como ejemplo, podemos dar la siguiente conclusión: “Las micropartículas de caucho del cuchillo tienen la misma afiliación genérica con el caucho del automóvil VAZ-2108, es decir, pertenecen a materiales a base de copolímeros de estireno (metilestireno) y butadieno, que contiene carbonato de calcio como relleno”. Obviamente, tal conclusión es imposible de entender o apreciar para cualquier no especialista. El experto debe llevar la cadena de sus conclusiones a una etapa en la que su conclusión esté disponible públicamente y pueda ser entendida por cualquier persona que no tenga conocimientos especiales. Derecho procesal penal de la Federación de Rusia: libro de texto, segunda edición, ed. ILLINOIS. Petrujina. M.: TK Welby, editorial Prospekt. 2009. págs. 178-205.

3. Objetivos de evaluar la opinión de un experto

La conclusión del perito, como todas las demás pruebas, no tiene fuerza preestablecida y se evalúa según reglas generales, es decir, según convicción interna (artículo 74 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Sin embargo, aunque la opinión del experto no tiene ventajas sobre otras pruebas, tiene una especificidad muy significativa en comparación con ellas, ya que representa una conclusión, una inferencia hecha sobre la base de un estudio realizado con conocimientos especiales. Por tanto, su valoración suele resultar bastante difícil para personas que no tienen conocimientos. Por la misma razón, los errores judiciales se cometen con mayor frecuencia al utilizar este tipo particular de prueba.

En la práctica, es bastante común confiar excesivamente en la opinión del perito y sobreestimar su valor probatorio. Se cree que, dado que se basa en cálculos científicos precisos, no puede haber ninguna duda sobre su fiabilidad. Aunque esta idea no se expresa directamente en sentencias y otros documentos, la tendencia a hacerlo en la práctica es bastante fuerte.

Mientras tanto, la opinión del perito, como cualquier otra prueba, puede resultar cuestionable o incluso incorrecta por diversas razones. Es posible que al experto se le presenten datos de origen incorrectos u objetos no auténticos. La técnica que utilizó puede resultar insuficientemente fiable y, finalmente, el perito, como todas las personas, tampoco está inmune a errores que, aunque raros, todavía se encuentran en la práctica pericial, por lo que la opinión pericial, como cualquier otra evidencia. , debe estar sujeto a una verificación y evaluación crítica exhaustiva y exhaustiva.

¿Cómo se debe valorar la opinión de un experto? En primer lugar, es necesario comprobar si se ha respetado el procedimiento para la designación y realización del examen, el procedimiento prescrito por la ley (capítulo 27 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Durante la investigación preliminar, este procedimiento incluye familiarizar al acusado (en algunos casos, al sospechoso) con la decisión de ordenar un interrogatorio (Parte 3 del artículo 195 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia) y explicarle sus derechos que que tiene durante el examen (artículo 198 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Una vez finalizado el interrogatorio, el imputado debe conocer la conclusión del perito (o su mensaje sobre la imposibilidad de dar un dictamen), y vuelve a adquirir una serie de derechos (parte 2 del artículo 198 del Código de Procedimiento Penal de la República). Federación Rusa). En la práctica, estos requisitos no siempre se cumplen, especialmente cuando el interrogatorio se lleva a cabo antes de que una persona sea procesada. Los investigadores a menudo presentan al acusado los materiales del examen sólo cuando cumplen con el art. 206 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, cuando le presenten un dictamen pericial ya preparado. A su vez, los tribunales no siempre reaccionan ante estas violaciones, creyendo que, en última instancia, el acusado en esta etapa está familiarizado con los materiales del examen y ha ejercido sus derechos, aunque sea tardíamente.

Durante el juicio y el interrogatorio, se seguirá el procedimiento de formulación de preguntas ante perito, previsto en el art. 283 Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia. Según este artículo, una vez examinadas todas las circunstancias relacionadas con el tema del examen, el presidente invita a todos los participantes en el juicio a presentar preguntas al perito por escrito. Se deben dar a conocer las cuestiones presentadas, escucharse las opiniones de los participantes en el juicio y la conclusión del fiscal. Posterior a esto, el tribunal deberá retirarse a la sala de deliberaciones y dictar sentencia en la que se formulen las preguntas al perito en su forma definitiva. El tribunal no está obligado por el tenor de las preguntas propuestas por los participantes en el juicio, pero debe motivar su rechazo o modificación.

4. Valor probatorio del peritaje

El valor probatorio de la opinión de un experto puede variar. Esto depende de muchas circunstancias: de los hechos establecidos por el perito, de la naturaleza del caso, de la situación específica de la investigación forense, en particular, del conjunto de pruebas disponibles actualmente. Sin embargo, podemos hacer algunas recomendaciones generales sobre la evaluación del valor probatorio del dictamen de un perito y señalar los errores más comunes.

En primer lugar, el valor probatorio de la conclusión de un perito está determinado por las circunstancias que establece, si están incluidas en el objeto de prueba del caso o si son hechos o pruebas probatorias. A menudo estas circunstancias tienen una importancia decisiva, de ellas depende el destino del caso (por ejemplo, si los objetos pertenecen a la categoría de drogas, armas de fuego, si el conductor tiene la capacidad técnica para prevenir una colisión, etc.). En tales casos, la opinión del perito adquiere una gran importancia y, por lo tanto, está sujeta a una verificación y evaluación especialmente cuidadosas.

En otros casos, cuando los hechos establecidos por el perito no están incluidos en el objeto de la prueba, se trata de prueba indirecta. Su valor probatorio puede variar. Las conclusiones de los expertos sobre la identidad individual (identificación de huellas dactilares, huellas de zapatos, etc.) son las más poderosas. En la práctica, estos hechos se consideran pruebas muy sólidas y, a veces, irrefutables. Esto es cierto. Sin embargo, con una condición: si el rastro identificado no pudo haberse dejado en circunstancias no relacionadas con el delito. Cuanto mayor sea la probabilidad, menor será el valor probatorio de tal conclusión. Además, no se puede descartar la posibilidad de una falsificación deliberada del rastro. En la práctica, hay casos, aunque pocos, de este tipo de falsificación: en particular, los agentes de policía que transfieren las huellas dactilares de un sospechoso a pruebas materiales.

Una prueba más débil, en comparación con el establecimiento de la identidad individual, es la conclusión del experto sobre la afiliación genérica (grupal) del objeto. Actúa como una prueba indirecta de tal identidad. Su importancia probatoria es mayor cuanto más estrecha es la clase a la que se asigna el objeto. Por ejemplo, una coincidencia de tipo de sangre solo significa que hay aproximadamente 1/4 de probabilidad de que la sangre provenga de esa persona (ya que hay 4 tipos de sangre). Por ejemplo, la siguiente conclusión tiene aún menos fuerza probatoria: “La sustancia depositada en el suelo es un aceite para engranajes de baja calidad que no tiene características específicas”, ya que este aceite se usa ampliamente en los vehículos. Normalmente, los expertos, al clasificar un objeto en una determinada clase, dan una descripción de esta clase e indican su prevalencia. Por ejemplo, un experto en suelos, al afirmar que las muestras de suelo estudiadas pertenecen al grupo de suelos carbonatados, ligeramente contaminados con impurezas extrañas, señala que este tipo de suelo está muy extendido y es característico de la zona. Si no se hace esto, entonces esta circunstancia debe aclararse durante el interrogatorio del perito; de lo contrario, es imposible determinar el valor probatorio de tal conclusión. Por ejemplo, no se puede evaluar una conclusión como: “Las partículas de caucho estudiadas y las muestras de caucho de la rueda trasera derecha del automóvil n°... tienen una afiliación genérica común, es decir, pertenecen a cauchos fabricados según la misma receta”. sin saber cuántas recetas de este tipo existen.

Por tanto, el conocimiento de este grado de prevalencia es una condición necesaria para valorar correctamente la importancia probatoria de una conclusión.

Las conclusiones del perito, que son pruebas indirectas, sólo pueden utilizarse como base para un veredicto en combinación con otras pruebas; sólo pueden ser un vínculo en dicha combinación. Por tanto, su papel depende de la situación específica del caso y de las pruebas disponibles. A menudo se utilizan sólo en la etapa inicial de la investigación para resolver un delito y, posteriormente, cuando se obtienen pruebas directas, pierden su valor. Por ejemplo, si el acusado dio un testimonio detallado y veraz, mostró el lugar donde se escondieron el cadáver o los objetos robados, etc., entonces la investigación y el tribunal ya no serán de gran interés en la conclusión del perito sobre el origen ancestral de la tierra de sus botas, aunque jugó un papel importante en la resolución del crimen. Sin embargo, cuando el caso se basa en pruebas circunstanciales, cada elemento de prueba adquiere un significado especial, incluidas las conclusiones de los expertos, que en otras circunstancias no tienen un valor especial.

¿Cuáles son los errores más comunes al evaluar el valor probatorio de tales conclusiones de expertos? En primer lugar, es entonces cuando la investigación y el tribunal los perciben como una conclusión sobre la identidad individual. Así, la conclusión sobre la misma afiliación genérica o grupal de muestras de suelo se percibe en ocasiones como una conclusión sobre su pertenencia a un área específica del área. Mientras tanto, como se indicó, pertenecer a un grupo reducido no equivale a una identidad individual; es sólo una prueba indirecta de dicha identidad.

El valor probatorio de las probables conclusiones de un experto ha sido objeto de controversia durante muchos años. Muchos autores creen que tales conclusiones no pueden utilizarse como evidencia, sino que sólo tienen un valor orientativo. Otros fundamentan su admisibilidad. En la práctica judicial tampoco hay unidad en esta cuestión. Algunos jueces se refieren a ellas en sus sentencias como prueba, otros las rechazan. Sin embargo, en cualquier caso, hay que tener en cuenta que el valor probatorio de tales conclusiones (si se admiten) es significativamente menor que las categóricas, son sólo una prueba indirecta del hecho establecido por el perito.

Las conclusiones en forma de juicios de posibilidad, como se indicó, se dan en los casos en que se establece la posibilidad física de un evento o hecho (por ejemplo, la posibilidad de combustión espontánea de una sustancia en determinadas condiciones, la posibilidad de movimiento espontáneo de una coche en estado inhibido). Estas conclusiones también tienen cierto valor probatorio. Sin embargo, cabe señalar que establecen sólo la posibilidad de que un evento sea un fenómeno físico, y no que realmente haya ocurrido. Su valor probatorio es aproximadamente el mismo que el resultado de un experimento de investigación que establece un evento.

El valor probatorio de una conclusión alternativa, en la que el perito da dos o más opciones (por ejemplo, en esta hoja de texto originalmente había el número “1” o “4”), es que excluye otras opciones y, en ocasiones, permite , en combinación con otras pruebas llegan a una opción. SOBRE EL. Selivanov. Preparación y designación de exámenes forenses//Manual de referencia del criminólogo. M.: Normal. 2009. pág.

Conclusión

La necesidad de utilizar conocimientos especiales para esclarecer las circunstancias de las causas penales se debe a la variedad de delitos y las circunstancias en que se cometieron, cuando en el proceso procesal se involucran a menudo hechos cuyo correcto establecimiento es imposible sin recurrir a la ayuda de personas con competencias específicas. conocimientos y métodos de uso. Con el desarrollo de la ciencia, aumentan las posibilidades de utilizar sus logros en aras de la justicia.

Con la ayuda del examen, el proceso penal está estrechamente relacionado con diversas ramas del conocimiento científico. La experiencia pone el progreso científico y tecnológico al servicio de la justicia y, por tanto, amplía constantemente las posibilidades de conocer la verdad en los procesos penales.

En este sentido, cabe destacar especialmente la importancia del peritaje en el proceso de prueba en una causa penal. El valor probatorio del peritaje está determinado por las circunstancias que determine, ya sea que formen parte del objeto de prueba del caso o sean hechos o pruebas probatorias. A menudo estas circunstancias son decisivas para el caso, de ellas depende el destino del caso. En tales casos, la opinión del perito adquiere una gran importancia y, por lo tanto, está sujeta a una verificación y evaluación especialmente cuidadosas. Las condiciones necesarias para el valor probatorio de un perito son admisibilidad, confiabilidad, validez, integridad, es decir, aquellas cualidades que el investigador y el tribunal deben analizar sin descontar la autoridad del perito.

El desarrollo de la ciencia y la tecnología, la mejora de las formas organizativas y procesales de aplicación de conocimientos especiales en casos penales abre grandes oportunidades para la detección rápida y completa de los delitos y contribuirá a reducir la delincuencia en nuestro país.

Bibliografía

1. Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia.

2. Ley Federal de 31 de mayo de 2001 Nº 73-FZ (modificada el 25 de diciembre de 2007) "Sobre la actividad forense estatal en la Federación de Rusia".

3. Derecho procesal penal de la Federación de Rusia: libro de texto, segunda edición, ed. ILLINOIS. Petrujina. M.: TK Welby, editorial Prospekt. 2009.

4. N.A. Selivanov. Preparación y designación de exámenes forenses//Manual de referencia del criminólogo. M.: Normal. 2009.

5. VA Markov. Exámenes forenses (finalidad, metodología de la investigación). Monografía. Samara: Academia Humanitaria de Samara. 2008.

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    Evaluación de la evidencia, su importancia en el proceso de prueba. El concepto de conclusiones y testimonio de un experto y especialista. Características de la evaluación de los materiales de examen en términos procesales desde el punto de vista de la relevancia, admisibilidad y confiabilidad de la prueba.

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    Personalidad jurídica del perito y especialista en proceso penal. Interrogatorio de un especialista en procesos penales rusos. Interacción entre el investigador y el perito forense. Motivos para reconocer el peritaje en una causa penal como prueba inadmisible.

    tesis, agregada el 28/09/2015

    Experiencia en procedimientos civiles. Concepto, tareas y función del examen forense. Clasificación y procedimiento para la realización de exámenes forenses. Peritaje como prueba judicial independiente. Situación procesal del perito.

    trabajo del curso, añadido el 24/08/2003

    Conclusión del examen contable forense. Establecimiento por parte de un perito contador del monto de los daños materiales y del círculo de responsables. Evaluación del peritaje contable por parte del investigador y del tribunal. Certificado de perito contador que acredite la imposibilidad de emitir opinión.

    resumen, añadido el 08/05/2010

    El concepto de peritaje como medio de prueba, su relevancia y admisibilidad. Realización de un examen como forma de estudiar las circunstancias relevantes de un caso penal. La estructura del dictamen pericial y su contenido, verificación y valoración.

    trabajo del curso, añadido el 24/05/2009

    Relaciones jurídicas que surjan en relación con el desempeño de las funciones de perito en procesos penales. Situación jurídica del titular de una institución experta. Características de los tipos de exámenes forenses en el proceso penal desde el punto de vista de la participación pericial, su conducta.



INTRODUCCIÓN


En estos momentos difíciles que atraviesa nuestra sociedad, la lucha contra la delincuencia es una de las principales prioridades del estado. Un arma importante en esa lucha es la ciencia forense, que permite el uso más eficaz de los últimos avances de la ciencia y la tecnología en la investigación de delitos. La opinión de un experto suele ser una prueba importante y, a menudo, decisiva en un caso penal. El trabajo del curso examina las cuestiones de la evaluación de la opinión de un perito como prueba judicial. El tema “El peritaje como tipo de prueba” es un problema acuciante, ya que la legislación procesal penal de muchos países lo considera desde diferentes puntos de vista, y los enfoques para estudiar el tema no siempre son inequívocos. También es necesario prestar atención al papel del experto y al grado de su objetividad.

Si en el proceso penal de la Federación de Rusia la objetividad del perito es el punto de partida del examen y está garantizada por una serie de normas, en el proceso penal angloamericano todavía se practica el examen contradictorio y la invitación de un perito. está permitido, tanto por parte del acusado como de la defensa. En la legislación procesal penal de algunos estados, la opinión de un perito no se considera en absoluto una fuente de prueba independiente.

Los objetos, cosas, huellas incautadas en el lugar de un crimen son portadores de información sobre este crimen y nada más. Para que se conviertan en prueba material, es necesario cumplir con las normas del derecho procesal penal y realizar su investigación. La conclusión del perito como fuente de prueba se caracteriza por ciertos rasgos y características que la distinguen de otras fuentes de prueba y la definen como fuente de prueba.

1. EXAMEN Y BASES PARA SU FINALIDAD


La experiencia es una de las formas de aplicación de los logros científicos y técnicos en las actividades de los organismos encargados de hacer cumplir la ley, principalmente en los procesos penales. Se trata de una investigación encargada y realizada respetando las normas jurídicas, sobre la base de conocimientos especiales y de la emisión de una opinión, a la que la ley atribuye el valor de fuente de prueba (medio de prueba)1.

El propósito del estudio es establecer nuevos hechos que sean importantes para la investigación preliminar de delitos o la consideración de casos penales en los tribunales.

En el proceso de investigación de casos penales, a menudo surge la necesidad de utilizar conocimientos especiales para identificar la interpretación de diversas propiedades, signos, hechos que puedan tener los objetos y en los objetos - evidencia material obtenida en el proceso de las acciones de investigación (artículo 195 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). En algunos casos, la ley obliga a designar un examen forense (artículo 196 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia), que le sirve de base, en otros, cuando surge la necesidad de ordenar un examen, a discreción del investigador y el tribunal. Si fuera imposible resolver una cuestión esencial del caso por otra vía que no sea el examen, se deberá designar a este último.2

Actualmente, los exámenes forenses se llevan a cabo en el Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia, el Ministerio del Interior de la Federación de Rusia, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación de Rusia, el Ministerio de Defensa y el FSB. La institución central de expertos de la Federación de Rusia es el Centro Federal Ruso de Pericia Forense de la Federación de Rusia. La elección de una institución experta depende en gran medida de la preparación del método, las herramientas y la complejidad del estudio, así como del volumen de la evidencia física en sí.

La base real para designar un examen es la necesidad de utilizar conocimientos especiales para aclarar las circunstancias esenciales de un caso penal, es decir, conocimientos que poseen personas especializadas en un determinado campo de investigación científica o profesión. La cuestión de si son necesarios conocimientos científicos, técnicos o especiales para aclarar las circunstancias mediante un examen la deciden en cada caso concreto el tribunal y el órgano de investigación. Sin embargo, la finalidad del examen no depende de su discrecionalidad subjetiva, sino del carácter objetivo de las circunstancias que se establezcan.

Es imposible dar una lista exhaustiva de ramas del conocimiento que pueden utilizarse en la investigación de expertos. El hecho de que un delito pueda ocurrir en diferentes condiciones y afectar diferentes relaciones sociales hace posible, en principio, asignar un examen utilizando datos de cualquier rama de la ciencia, la tecnología, el arte o la artesanía.

La ley no hace depender el nombramiento de un perito de si la cuestión de interés para la investigación y el tribunal puede ser aclarada no por un perito, sino por otros medios. La cuestión de ordenar un examen se decide según las características específicas del caso, si el examen en este caso no es obligatorio por ley.

El examen lo lleva a cabo una persona que tiene poderes y conocimientos especiales, es decir, un experto. Un perito es una persona que tiene conocimientos especiales y es designada en la forma prescrita por la ley para realizar un examen forense y emitir una opinión (parte 1 del artículo 57 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Una persona recibe la condición de experto en relación con la tarea de realizar un examen sobre un caso específico y la tarea de realizar un determinado estudio sobre el mismo. La condición jurídica de un perito y el procedimiento para realizar un examen en una institución forense estatal están regulados junto con las normas del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia por la Ley Federal del 31 de mayo de 2001. N° 73-FZ (modificada el 25 de diciembre de 2001) “Sobre la actividad forense estatal en la Federación de Rusia”3.

El perito es profesionalmente independiente y procesalmente independiente. Según su competencia, él mismo elige los métodos y medios de investigación. Nadie, ni siquiera el investigador y el director de la institución pericial, tiene derecho a dar instrucciones al perito que predigan el contenido de las conclusiones periciales. Hablando de la competencia del perito, es necesario enfatizar que va más allá en los casos en que recopila de forma independiente material probatorio inicial para la investigación, además de los objetos destinados a la investigación y los materiales del caso que se le presentan para su revisión. En todos los casos en que sea necesario complementar los objetos de la investigación pericial con nuevas pruebas, el perito está obligado a presentar la correspondiente petición al organismo que designó el examen. Los límites de la competencia científica también deben tenerse en cuenta cuando un perito examina las circunstancias que contribuyeron a la comisión de un delito.

Se supone que si se ordena un examen en el caso, el investigador (tribunal) examina las pruebas físicas sujeto a dos condiciones: en primer lugar, las pruebas físicas no deben perderse ni dañarse; en segundo lugar, el estudio debe realizarse según las normas establecidas para la inspección. El contenido del protocolo en este caso se limita a indicar el método de investigación y el resultado observado directamente.

El procedimiento procesal para la designación de un interrogatorio por parte del investigador y el tribunal consiste en:

a) emitir una resolución (decidir sobre el nombramiento de un examen);

b) familiarización del imputado, y si el investigador lo considera necesario, también de los demás participantes en el proceso, con la decisión de ordenar un examen y resolver las peticiones presentadas;

c) ejecución de la decisión (resolución) sobre el nombramiento de un examen entregándolo a un perito o enviándolo a una institución pericial.

La resolución (resolución) sobre el nombramiento de un examen debe indicar: los motivos para designar el examen, es decir, las circunstancias por las cuales es necesario este examen, las preguntas planteadas al perito; materiales presentados al experto; la persona a quien se confía el examen, o el nombre de la institución en la que debe realizarse (parte 1 del artículo 195 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia).

Las preguntas al experto deben formularse teniendo en cuenta el estado del objeto de investigación, las capacidades de la ciencia y la competencia del experto. Las preguntas deben formularse de forma clara, inequívoca y profesionalmente competente, tanto jurídica como sustantivamente.4 Los requisitos para las preguntas a un perito, así como para los objetos y materiales sujetos a examen pericial para los tipos de exámenes más comunes en la práctica, están contenidos en el recomendaciones metodológicas pertinentes y ayudas prácticas. Por ejemplo, las preguntas planteadas por un investigador a un experto que realiza un examen traceológico de huellas de pies y de zapatos pueden ser las siguientes:

1. ¿Los zapatos que le quitaron al sospechoso dejaron marcas en la escena del crimen?

2. ¿Las huellas de pies descalzos pertenecen al sospechoso (víctima)?

3. ¿Hay algún rastro de las medias (calcetines) que le quitaron al sospechoso?

4. ¿Qué tipo de zapatos son las huellas de las cuales se encontraron en el lugar del incidente?

5. ¿Hay marcas dejadas por los zapatos de hombre o de mujer? Etc.

En la práctica de la prueba, los más frecuentemente prescritos son los exámenes médicos forenses, psiquiátricos forenses, traceológicos, químicos forenses, biológicos forenses, contables forenses, de comercialización, automotrices, técnicos contra incendios y otros tipos de exámenes.5

La relación entre examen e inspección (Capítulo 24 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia) cambia según el progreso científico y tecnológico y la introducción de logros en la práctica judicial y de investigación. Los nuevos medios técnicos traspasan los límites de la percepción directa. Permiten ver, sin ningún conocimiento especial, muchas huellas y signos que no se perciben a simple vista. Por tanto, parece posible no realizar un examen y limitarnos a realizar una inspección en aquellos casos, por ejemplo, en los que, con la ayuda de un convertidor electrón-óptico o de una lámpara ultravioleta, el texto de un documento lleno de tinta, son claramente visibles una nota adicional, etc.. La evidencia material, objeto de dicha inspección, no pierde sus propiedades, cuya presencia, en caso de duda, puede verificarse más detalladamente. Al mismo tiempo, el uso de diversos medios técnicos para detectar las propiedades de un objeto no siempre exime al investigador y al tribunal de la obligación de ordenar un examen para su examen. El tribunal (investigador) puede observar, con la ayuda de sus instrumentos, propiedades individuales y signos de evidencia material, pero no tiene derecho, sin ordenar un examen, a utilizar como prueba las conclusiones que se puedan extraer de los hechos observados. si esto requiere conocimientos especiales.

Se prescribe un examen adicional cuando la exactitud de la conclusión está fuera de toda duda, pero se requieren adiciones o aclaraciones (artículo 207 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Se podrán plantear preguntas adicionales en los casos en que la justificación en la conclusión de las conclusiones o la descripción de la investigación realizada no permita realizar una evaluación integral de estas conclusiones. En algunos casos, cuando esto no requiere investigación adicional, la ambigüedad o la conclusión incompleta pueden corregirse interrogando a los expertos (artículo 205 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia).

Si la conclusión del perito es infundada o existen dudas sobre su exactitud, se puede ordenar un nuevo interrogatorio, encomendado a otro u otros peritos (artículo 207 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Se ordena un nuevo examen, en particular, si se revela la incompetencia profesional de un perito previamente designado, una violación de las reglas procesales del examen, lo que conlleva una duda irrevocable sobre la validez de sus conclusiones (en particular, al aclarar circunstancias que indican un posible interés del perito en el resultado del caso), así como en el caso de utilizar herramientas y métodos que no correspondan al nivel de esta rama del conocimiento; si existe discrepancia entre los datos iniciales y las conclusiones; desacuerdos entre los miembros de la comisión de expertos, etc. Además de los materiales examinados durante el examen inicial, el perito que realiza el nuevo examen también recibe las conclusiones anteriores.

La resolución (fallo) que ordene un nuevo examen o un examen adicional deberá indicar las razones por las que fue necesario realizar un nuevo examen; la resolución que ordena un examen adicional también indica si el examen puede encomendarse al mismo perito.

Se sabe que con la ayuda del examen, en varios casos, se examinan las acciones o las consecuencias de las acciones del sospechoso y las conclusiones del perito pueden utilizarse posteriormente como base para formular cargos. Evidentemente, cuanto antes esa persona ejerza el derecho a participar en el examen, más oportunidades se le abrirán para verificar oportunamente la sospecha que ha surgido y establecer la participación o no participación de la persona en la comisión de un delito.

2. OPINIÓN DE EXPERTOS.

CONCEPTO, CONTENIDO, ESTRUCTURA


2.1. Concepto de opinión de expertos


La opinión de un experto es una fuente de prueba única que se utiliza cada vez más en los procesos penales. Según la ley, la conclusión de un perito es el contenido del estudio y las conclusiones presentadas por escrito sobre las preguntas formuladas al perito por la persona que lleva el proceso penal o las partes (Parte 1 del artículo 80 del Código de Procedimiento Penal de la República). Federación Rusa). La conclusión de un perito como prueba es un conjunto de datos fácticos contenidos en su mensaje al investigador y al tribunal, y establecidos como resultado del estudio de objetos materiales, así como la información recopilada en un caso penal por una persona con conocimientos en un determinado campo de la ciencia, la tecnología u otro conocimiento especial.

La conclusión de un perito es uno de los tipos de prueba previstos por la ley (parte 2 del artículo 74 del Código de Procedimiento Penal). Así, para que el peritaje como tipo de prueba sea indispensable que:

1) aparece en el caso como resultado de una investigación;

2) proviene de una persona que tiene ciertos conocimientos especiales, sin cuyo uso la investigación en sí sería imposible;

3) se da en cumplimiento de un procedimiento procesal especialmente establecido;

4) se basa en las pruebas reunidas en el caso.

El perito llega a una conclusión basándose únicamente en un estudio directo de los objetos materiales del examen, o basándose en dicho estudio utilizando información conocida de los materiales del caso, o únicamente basándose en los materiales del caso. La exactitud de la conclusión de un experto que utilizó los datos contenidos en los protocolos de interrogatorio y otros materiales escritos depende, naturalmente, de la fiabilidad de estos últimos. La investigación pericial se realiza en el proceso de prueba, siendo su parte integrante, está sujeta a los mismos fines. Una vez recibido el dictamen del perito, el tribunal o investigador lo utiliza en el proceso probatorio en curso.

La fiabilidad y exhaustividad de la conclusión depende de la correcta designación del perito. La incompetencia o parcialidad de un perito son motivos de descalificación de un perito (artículo 70 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia).

Existen los siguientes tipos de peritajes6:

1. Una conclusión categórica positiva o negativa. Ésta es una conclusión sobre la presencia o ausencia de identidad. Una conclusión categórica positiva ocurre cuando se establece un conjunto único de signos y propiedades que coinciden en el objeto en estudio y la muestra. Los signos diferentes deben ser insignificantes, inestables y explicables. Se sigue una conclusión categóricamente negativa cuando se establecen signos y propiedades diferentes y los que coinciden no tienen importancia.

2. Conclusión probable. Esta conclusión no es una invención del experto, sino que aparece como consecuencia de una serie de razones. No puede ser prueba del caso, sino que es una versión-suposición pericial. La suposición del perito debe ser verificada por el investigador utilizando los materiales del caso disponibles o los obtenidos como resultado de acciones de investigación adicionales.

3. Conclusión alternativa. Se trata de varias soluciones propuestas al investigador o al tribunal a la pregunta planteada al perito. La condicionalidad de la decisión depende de cuál de los materiales en conflicto se toma como base.

Las conclusiones probables y alternativas, por regla general, se obtienen cuando hay una deficiencia del investigador: un pequeño volumen de muestras comparativas, un gran lapso de tiempo, incumplimiento de las condiciones del experimento y obtención de muestras que se presentan al experto. , un volumen muy pequeño del material en estudio, etc. A veces, en las condiciones descritas anteriormente, el experto ni siquiera puede examinar completamente el material y realizar el examen correctamente.

Si la cuestión va más allá de los conocimientos especiales del perito o si los materiales que se le han proporcionado son insuficientes, no emite opinión, sino que informa de ello al organismo que designó el examen. Si los datos establecidos por el perito no son suficientes para llegar a una conclusión categórica sobre la pregunta que se le plantea, entonces el perito debe llegar a la conclusión de que es imposible resolver la cuestión o sacar una conclusión probable. Los partidarios del primer punto de vista señalan que la probable conclusión de un perito no puede ser prueba en un caso penal. Las conclusiones del caso deben basarse únicamente en hechos establecidos de forma fiable.

La conclusión del perito, que contiene evidencia indirecta de identidad, orienta el trabajo del investigador a establecer la identidad utilizando otros métodos de prueba. Una vez que se han encontrado otras pruebas de una determinada circunstancia (por ejemplo, se ha recibido prueba de que una persona determinada dejó un rastro), su evaluación se realiza teniendo en cuenta aquellas circunstancias fácticas (por ejemplo, coincidencias o diferencias) que el perito descubierto durante el proceso de investigación.

Así, si un perito ha establecido una serie de coincidencias o diferencias en los objetos comparados, cuyo complejo, sin embargo, no permite llegar a una conclusión categórica sobre la identidad o su ausencia, el valor probatorio no es la probable del perito. conclusión sobre identidad o diferencia, sino la coincidencia de rasgos particulares, definitivamente especificados por el experto.

Reconocer como prueba la conclusión probable de un perito contradice las instrucciones directas de la ley: “Una condena no puede basarse en suposiciones”7.

En la conclusión del experto se pueden distinguir los siguientes grupos de información:

1) información que caracterice las condiciones para realizar la investigación pericial: a saber: cuándo, por quién, dónde, sobre qué base se llevó a cabo el examen, quién estuvo presente durante su realización;

2) información sobre la variedad de objetos y materiales recibidos para su examen y sobre la tarea del experto;

3) presentación de principios científicos generales y métodos de investigación en su aplicación a los objetos de investigación;

4) información sobre las características y cualidades establecidas de los objetos en estudio;

5) conclusiones sobre las circunstancias, cuyo establecimiento es el objetivo final del estudio pericial.

El dictamen pericial deberá presentarse por escrito tanto en la instrucción e instrucción como en el tribunal. Esta forma garantiza la claridad de la redacción, implica la elaboración de una conclusión por el propio experto y aumenta el sentido de responsabilidad del experto por sus conclusiones; elimina la posibilidad de errores e inexactitudes; facilita la valoración del peritaje ante las autoridades de casación y control. Al dictar dictamen ante el tribunal, el perito lo presenta por escrito y lo anuncia oralmente. El perito también responde oralmente a las preguntas formuladas durante el interrogatorio. Estas respuestas deben considerarse como parte de la conclusión.



La conclusión del experto consta de tres partes: introductoria, investigación y conclusiones. A veces se resalta otra cuarta (o sección): sintetizar. Debe redactarse de acuerdo con las normas legales y reglamentarias, presentarse de manera clara, completa, reflejar objetivamente el proceso de investigación y contener respuestas razonadas y con base científica a las preguntas planteadas.8 Dicha estructura permite estudiar e inmediatamente analizar y analizar de manera consistente. evaluar todas las etapas de la actividad experta.

En la legislación, el contenido y la estructura del dictamen pericial se especifican en el artículo 204 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia.

La parte introductoria indica el número y nombre del caso para el cual se ordenó el examen, un breve resumen de las circunstancias que llevaron al nombramiento del examen (base fáctica), el número y nombre del examen, información sobre el organismo que designó el examen, la base legal para realizar el examen (resolución o determinación, cuándo y quién fue emitida), la fecha de recepción de los materiales para el examen y la fecha de firma de la conclusión; información sobre el experto o expertos: apellido, nombre, patronímico, educación, especialidad (general y experto), grado y título académico, cargo; el nombre de los materiales recibidos para el examen, el método de entrega, el tipo de embalaje y los detalles de los objetos que se examinan, así como para algunos tipos de examen (por ejemplo, autotécnico), los datos iniciales presentados al perito; información sobre las personas presentes durante el interrogatorio (apellido, iniciales, cargo procesal) y cuestiones planteadas para la autorización del perito. Las cuestiones resueltas por el experto por iniciativa propia suelen figurar también en la parte introductoria de la conclusión. La parte introductoria también refleja la participación del experto, si lo hubiere, en la obtención de muestras para investigación comparativa, en el examen del lugar del incidente y otras acciones de investigación.

Si el examen es adicional, repetido, por encargo o complejo, esto se indica especialmente en la parte introductoria. Durante los exámenes adicionales y repetidos, también se presenta información sobre exámenes anteriores: información sobre los peritos y las instituciones periciales en las que se llevaron a cabo, el número y la fecha de la conclusión, las conclusiones obtenidas, así como los motivos para ordenar un examen adicional o examen repetido, especificado en la resolución (definición) sobre su nombramiento. Si el perito presentó una solicitud de materiales adicionales (datos fuente), esto también se anota en la parte introductoria, indicando la fecha de envío de la solicitud, la fecha y los resultados de su resolución.

Las preguntas planteadas al perito se dan en la conclusión en la redacción en la que se indican en la resolución (definición) sobre el nombramiento del examen. Sin embargo, si la pregunta no está formulada de acuerdo con las recomendaciones aceptadas, pero su significado es claro, el perito tiene derecho a reformularla, indicando cómo la entiende de acuerdo con sus conocimientos especiales (con la presentación obligatoria de la redacción original). . Por ejemplo, preguntas como: "¿Las muestras de tierra recuperadas de la escena del crimen son idénticas a la tierra encontrada en los zapatos del acusado?" Los expertos suelen reformular de la siguiente manera: “¿La tierra incautada del lugar del incidente y de los zapatos del acusado pertenece a un área del área (clan, grupo)?” Si el perito no tiene claro el significado de la pregunta, deberá pedir aclaración al organismo que designó el examen. Si hay varias preguntas, el experto tiene derecho a agruparlas, presentándolas en una secuencia que proporcione el orden de investigación más adecuado.

La parte de investigación del dictamen pericial consta de las siguientes etapas: investigación preliminar, investigación detallada, evaluación de los resultados de la investigación y preparación de los materiales de examen.

Luego, el experto describe la metodología de la investigación comparada, los resultados de comparar objetos según sus características generales y particulares, y señala las similitudes o diferencias en las características comparativas establecidas durante el estudio. Al recibir muestras, si es necesario, refleja en la parte de investigación de la conclusión las condiciones para su recepción. En los casos apropiados, proporciona enlaces a las opiniones de otros expertos utilizados como opiniones iniciales, enlaces a materiales de casos analizados dentro de los límites del conocimiento especial del experto y el tema del examen, y datos de referencia. Si el perito participó en alguna acción investigativa, lo indica cuando sus resultados son necesarios para fundamentar sus conclusiones. Si es necesario, el experto proporciona los documentos reglamentarios y de referencia en los que se basó, datos sobre las fuentes literarias utilizadas en la investigación, proporciona enlaces a ilustraciones, aplicaciones y explicaciones de los mismos.

Al final de la parte de investigación de la conclusión, el experto expone los resultados de la comparación y, a partir de ellos, forma sus conclusiones, basándose en principios científicos y datos obtenidos experimentalmente.

Para garantizar la integridad y objetividad de la conclusión, el experto debe explicar las diferencias y similitudes encontradas. Si algunas preguntas no se responden por razones objetivas, entonces en la parte de investigación el experto lo señala. En el caso de un examen exhaustivo, cada experto expone por separado la parte de investigación de la conclusión. Si durante el reexamen se obtienen resultados diferentes, las razones de las discrepancias con los resultados del examen primario se indican en la parte de investigación.

La parte (sección) de síntesis de la conclusión proporciona una evaluación resumida general de los resultados del estudio y la justificación de las conclusiones a las que llegó el experto. Así, en los estudios de identificación, la parte sintetizadora incluye una evaluación final de las características coincidentes y diferentes de los objetos que se comparan, se afirma que las características coincidentes son (no son) estables, significativas y forman (no forman) un individuo, conjunto único.

Las conclusiones son respuestas a las preguntas planteadas al experto. Cada una de estas cuestiones debe responderse en sus propios méritos o indicarse la imposibilidad de su solución. La conclusión es la parte principal de la opinión de los expertos, el objetivo final del estudio. Es él quien determina su valor probatorio en el caso.

En el aspecto lógico, una conclusión es la conclusión de un experto hecha sobre la base de los resultados de una investigación realizada sobre la base de los datos identificados y presentados sobre el objeto en estudio y la posición científica general de la rama de conocimiento relevante.

Los requisitos básicos que debe satisfacer la conclusión de un experto pueden formularse en forma de los siguientes principios:

1. El principio de calificación. Esto significa que un experto sólo puede formular conclusiones cuya elaboración requiere calificaciones suficientemente altas y conocimientos especiales adecuados. Las cuestiones que no requieren conocimientos que puedan resolverse basándose en la simple experiencia cotidiana no deben plantearse a un experto y ser resueltas por él, y si se resuelven, las conclusiones al respecto no tienen valor probatorio.

2. El principio de certeza. Según él, son inaceptables las conclusiones vagas y ambiguas que permitan hacer diferentes interpretaciones (por ejemplo, conclusiones sobre la “igualdad” o “similitud” de los objetos, sin indicar características específicas de coincidencia, conclusiones sobre la “homogeneidad”, que no indican la clase específica a la que están asignados los objetos).

3. El principio de accesibilidad. De acuerdo con él, en el proceso de prueba sólo se podrán utilizar conclusiones periciales que no requieran conocimientos especiales para su interpretación y que sean accesibles a investigadores, jueces y otras personas. Por ejemplo, las conclusiones durante los estudios de identificación sobre la coincidencia de elementos químicos incluidos en los objetos en estudio no cumplen con este principio, ya que el investigador y el tribunal, sin tener los conocimientos especiales adecuados y sin conocer el grado de prevalencia de los elementos químicos. enumerados por el perito, no pueden evaluar el valor probatorio de tal conclusión. Y, en general, la mera enumeración de signos (químicos, tecnológicos, etc.) no dice nada al investigador ni al tribunal, ya que no está claro cuál es el significado probatorio de la conclusión, su valor como prueba. Por lo tanto, utilizar tales hallazgos como evidencia es prácticamente imposible. Como ejemplo, podemos dar la siguiente conclusión: “Las micropartículas de caucho del cuchillo tienen la misma afiliación genérica con el caucho del automóvil VAZ-2108, es decir, pertenecen a materiales a base de copolímeros de estireno (metilestireno) y butadieno, que contiene carbonato de calcio como relleno”. Obviamente, tal conclusión es imposible de entender o apreciar para cualquier no especialista. El experto debe llevar la cadena de sus conclusiones a una etapa en la que su conclusión esté disponible públicamente y pueda ser entendida por cualquier persona que no tenga conocimientos especiales.

3. EVALUACIÓN DEL OPINIÓN DEL EXPERTO


3. 1. Objetivos de la valoración del dictamen de un perito


La conclusión del perito, como todas las demás pruebas, no tiene fuerza preestablecida y se evalúa según reglas generales, es decir, según convicción interna (artículo 74 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Sin embargo, aunque la opinión del experto no tiene ventajas sobre otras pruebas, tiene una especificidad muy significativa en comparación con ellas, ya que representa una conclusión, una inferencia hecha sobre la base de un estudio realizado con conocimientos especiales. Por tanto, su valoración suele resultar bastante difícil para personas que no tienen conocimientos. Por la misma razón, los errores judiciales se cometen con mayor frecuencia al utilizar este tipo particular de prueba.

En la práctica, es bastante común confiar excesivamente en la opinión del perito y sobreestimar su valor probatorio. Se cree que, dado que se basa en cálculos científicos precisos, no puede haber ninguna duda sobre su fiabilidad. Aunque esta idea no se expresa directamente en sentencias y otros documentos, la tendencia a hacerlo en la práctica es bastante fuerte.

Mientras tanto, la opinión del perito, como cualquier otra prueba, puede resultar cuestionable o incluso incorrecta por diversas razones. Es posible que al experto se le presenten datos de origen incorrectos u objetos no auténticos. La técnica que utilizó puede resultar insuficientemente fiable y, finalmente, el perito, como todas las personas, tampoco está inmune a errores que, aunque raros, todavía se encuentran en la práctica pericial, por lo que la opinión pericial, como cualquier otra evidencia. , debe estar sujeto a una verificación y evaluación crítica exhaustiva y exhaustiva.

¿Cómo se debe valorar la opinión de un experto? En primer lugar, es necesario comprobar si se ha respetado el procedimiento para la designación y realización del examen, el procedimiento prescrito por la ley (capítulo 27 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Durante la investigación preliminar, este procedimiento incluye familiarizar al acusado (en algunos casos, al sospechoso) con la decisión de ordenar un interrogatorio (Parte 3 del artículo 195 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia) y explicarle sus derechos que que tiene durante el examen (artículo 198 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia). Una vez finalizado el interrogatorio, el imputado debe conocer la conclusión del perito (o su mensaje sobre la imposibilidad de dar un dictamen), y vuelve a adquirir una serie de derechos (parte 2 del artículo 198 del Código de Procedimiento Penal de la República). Federación Rusa). En la práctica, estos requisitos no siempre se cumplen, especialmente cuando el interrogatorio se lleva a cabo antes de que una persona sea procesada. Los investigadores a menudo presentan al acusado los materiales del examen sólo cuando cumplen con el art. 206 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, cuando le presenten un dictamen pericial ya preparado. A su vez, los tribunales no siempre reaccionan ante estas violaciones, creyendo que, en última instancia, el acusado en esta etapa está familiarizado con los materiales del examen y ha ejercido sus derechos, aunque sea tardíamente.

Durante el juicio y el interrogatorio, se seguirá el procedimiento de formulación de preguntas ante perito, previsto en el art. 283 Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia. Según este artículo, una vez examinadas todas las circunstancias relacionadas con el tema del examen, el presidente invita a todos los participantes en el juicio a presentar preguntas al perito por escrito. Se deben dar a conocer las cuestiones presentadas, escucharse las opiniones de los participantes en el juicio y la conclusión del fiscal. Posterior a esto, el tribunal deberá retirarse a la sala de deliberaciones y dictar sentencia en la que se formulen las preguntas al perito en su forma definitiva. El tribunal no está obligado por el tenor de las preguntas propuestas por los participantes en el juicio, pero debe motivar su rechazo o modificación.

3.2. Valor probatorio del dictamen pericial


El valor probatorio de la opinión de un experto puede variar. Esto depende de muchas circunstancias: de los hechos establecidos por el perito, de la naturaleza del caso, de la situación específica de la investigación forense, en particular, del conjunto de pruebas disponibles actualmente. Sin embargo, podemos hacer algunas recomendaciones generales sobre la evaluación del valor probatorio del dictamen de un perito y señalar los errores más comunes.

En primer lugar, el valor probatorio de la conclusión de un perito está determinado por las circunstancias que establece, si están incluidas en el objeto de prueba del caso o si son hechos o pruebas probatorias. A menudo estas circunstancias tienen una importancia decisiva, de ellas depende el destino del caso (por ejemplo, si los objetos pertenecen a la categoría de drogas, armas de fuego, si el conductor tiene la capacidad técnica para prevenir una colisión, etc.). En tales casos, la opinión del perito adquiere una gran importancia y, por lo tanto, está sujeta a una verificación y evaluación especialmente cuidadosas.

En otros casos, cuando los hechos establecidos por el perito no están incluidos en el objeto de la prueba, se trata de prueba indirecta. Su valor probatorio puede variar. Las conclusiones de los expertos sobre la identidad individual (identificación de huellas dactilares, huellas de zapatos, etc.) son las más poderosas. En la práctica, estos hechos se consideran pruebas muy sólidas y, a veces, irrefutables. Esto es cierto. Sin embargo, con una condición: si el rastro identificado no pudo haberse dejado en circunstancias no relacionadas con el delito. Cuanto mayor sea la probabilidad, menor será el valor probatorio de tal conclusión. Además, no se puede descartar la posibilidad de una falsificación deliberada del rastro. En la práctica, hay casos, aunque pocos, de este tipo de falsificación: en particular, los agentes de policía que transfieren las huellas dactilares de un sospechoso a pruebas materiales.

Una prueba más débil, en comparación con el establecimiento de la identidad individual, es la conclusión del experto sobre la afiliación genérica (grupal) del objeto. Actúa como una prueba indirecta de tal identidad. Su importancia probatoria es mayor cuanto más estrecha es la clase a la que se asigna el objeto. Por ejemplo, una coincidencia de tipo de sangre solo significa que hay aproximadamente 1/4 de probabilidad de que la sangre provenga de esa persona (ya que hay 4 tipos de sangre). Por ejemplo, la siguiente conclusión tiene aún menos fuerza probatoria: “La sustancia depositada en el suelo es un aceite para engranajes de baja calidad que no tiene características específicas”, ya que este aceite se usa ampliamente en los vehículos. Normalmente, los expertos, al clasificar un objeto en una determinada clase, dan una descripción de esta clase e indican su prevalencia. Por ejemplo, un experto en suelos, al afirmar que las muestras de suelo estudiadas pertenecen al grupo de suelos carbonatados, ligeramente contaminados con impurezas extrañas, señala que este tipo de suelo está muy extendido y es característico de la zona. Si no se hace esto, entonces esta circunstancia debe aclararse durante el interrogatorio del perito; de lo contrario, es imposible determinar el valor probatorio de tal conclusión. Por ejemplo, no se puede evaluar una conclusión como: “Las partículas de caucho estudiadas y las muestras de caucho de la rueda trasera derecha del automóvil n°... tienen una afiliación genérica común, es decir, pertenecen a cauchos fabricados según la misma receta”. sin saber cuántas recetas de este tipo existen.

Por lo tanto, el poder probatorio de las conclusiones de un experto sobre la afiliación genérica (grupal) de un objeto es inversamente proporcional al grado de prevalencia de la clase en la que se clasifica el objeto (por cierto, este patrón se aplica a cualquier evidencia indirecta: la Cuanto más raro y único es un rasgo, mayor es su valor como prueba, y viceversa, si está muy extendido, es característico de muchos objetos, entonces su poder incriminatorio es menor). Por tanto, el conocimiento de este grado de prevalencia es una condición necesaria para valorar correctamente la importancia probatoria de una conclusión.

Las conclusiones del perito, que son pruebas indirectas, sólo pueden utilizarse como base para un veredicto en combinación con otras pruebas; sólo pueden ser un vínculo en dicha combinación. Por tanto, su papel depende de la situación específica del caso y de las pruebas disponibles. A menudo se utilizan sólo en la etapa inicial de la investigación para resolver un delito y, posteriormente, cuando se obtienen pruebas directas, pierden su valor. Por ejemplo, si el acusado dio un testimonio detallado y veraz, mostró el lugar donde se escondieron el cadáver o los objetos robados, etc., entonces la investigación y el tribunal ya no serán de gran interés en la conclusión del perito sobre el origen ancestral de la tierra de sus botas, aunque jugó un papel importante en la resolución del crimen. Sin embargo, cuando el caso se basa en pruebas circunstanciales, cada elemento de prueba adquiere un significado especial, incluidas las conclusiones de los expertos, que en otras circunstancias no tienen un valor especial.

¿Cuáles son los errores más comunes al evaluar el valor probatorio de tales conclusiones de expertos? En primer lugar, es entonces cuando la investigación y el tribunal los perciben como una conclusión sobre la identidad individual. Así, la conclusión sobre la misma afiliación genérica o grupal de muestras de suelo se percibe en ocasiones como una conclusión sobre su pertenencia a un área específica del área. Mientras tanto, como se indicó, pertenecer a un grupo reducido no equivale a una identidad individual; es sólo una prueba indirecta de dicha identidad.

El valor probatorio de las probables conclusiones de un experto ha sido objeto de controversia durante muchos años. Muchos autores creen que tales conclusiones no pueden utilizarse como evidencia, sino que sólo tienen un valor orientativo. Otros fundamentan su admisibilidad. En la práctica judicial tampoco hay unidad en esta cuestión. Algunos jueces se refieren a ellas en sus sentencias como prueba, otros las rechazan. Sin embargo, en cualquier caso, hay que tener en cuenta que el valor probatorio de tales conclusiones (si se admiten) es significativamente menor que las categóricas, son sólo una prueba indirecta del hecho establecido por el perito.

Las conclusiones en forma de juicios de posibilidad, como se indicó, se dan en los casos en que se establece la posibilidad física de un evento o hecho (por ejemplo, la posibilidad de combustión espontánea de una sustancia en determinadas condiciones, la posibilidad de movimiento espontáneo de una coche en estado inhibido). Estas conclusiones también tienen cierto valor probatorio. Sin embargo, cabe señalar que establecen sólo la posibilidad de que un evento sea un fenómeno físico, y no que realmente haya ocurrido. Su valor probatorio es aproximadamente el mismo que el resultado de un experimento de investigación que establece un evento.

El valor probatorio de una conclusión alternativa, en la que el perito da dos o más opciones (por ejemplo, en esta hoja de texto originalmente había el número “1” o “4”), es que excluye otras opciones y, en ocasiones, permite , en combinación con otras pruebas llegan a una opción. Las conclusiones condicionales (tales como: “El texto no se imprimió en esta máquina de escribir, si su fuente no ha cambiado”) pueden usarse como evidencia solo si se confirma una condición que no es establecida por un experto, sino por medios de investigación.

CONCLUSIÓN


La necesidad de utilizar conocimientos especiales para esclarecer las circunstancias de las causas penales se debe a la variedad de delitos y las circunstancias en que se cometieron, cuando en el proceso procesal se involucran a menudo hechos cuyo correcto establecimiento es imposible sin recurrir a la ayuda de personas con competencias específicas. conocimientos y métodos de uso. Con el desarrollo de la ciencia, aumentan las posibilidades de utilizar sus logros en aras de la justicia.

Con la ayuda del examen, el proceso penal está estrechamente relacionado con diversas ramas del conocimiento científico. La experiencia pone el progreso científico y tecnológico al servicio de la justicia y, por tanto, amplía constantemente las posibilidades de conocer la verdad en los procesos penales.

En este sentido, cabe destacar especialmente la importancia del peritaje en el proceso de prueba en una causa penal. El valor probatorio del peritaje está determinado por las circunstancias que determine, ya sea que formen parte del objeto de prueba del caso o sean hechos o pruebas probatorias. A menudo estas circunstancias son decisivas para el caso, de ellas depende el destino del caso. En tales casos, la opinión del perito adquiere una gran importancia y, por lo tanto, está sujeta a una verificación y evaluación especialmente cuidadosas. Las condiciones necesarias para el valor probatorio de un perito son admisibilidad, confiabilidad, validez, integridad, es decir, aquellas cualidades que el investigador y el tribunal deben analizar sin descontar la autoridad del perito.

El desarrollo de la ciencia y la tecnología, la mejora de las formas organizativas y procesales de aplicación de conocimientos especiales en casos penales abre grandes oportunidades para la detección rápida y completa de los delitos y contribuirá a reducir la delincuencia en nuestro país.

BIBLIOGRAFÍA


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3 talla RF. 2001. N° 23. Arte. 2291.

4 Derecho procesal penal

    Análisis de los requisitos básicos de los protocolos de investigación. Características de los derechos de los sospechosos, imputados y víctimas al ordenar y realizar un examen forense. Características de la reanudación del procedimiento en función de circunstancias recién descubiertas.

    Estudio de la institución de auditoría forense como resultado de normas de procesamiento e investigaciones originales. Objeto, procedimiento para la realización del examen, sus tipos: integral y de comisión, adicional y repetido. Peritaje e interrogatorio.

    El significado y clasificación de los exámenes forenses. Procedimiento procesal para la designación, producción y ejecución de un examen forense. Características del examen forense como acción procesal independiente. El valor de la experiencia en una investigación.

    La pericia como etapa independiente del proceso penal. El procedimiento para designar un examen forense, los motivos para designar y realizar un examen forense. Realización de investigaciones (acciones experimentales). Tipos de exámenes, procedimiento para interrogar a un perito.

    Estudio de la conclusión y testimonio de un perito y especialista como fuente de prueba en el proceso penal. Con base en los resultados de la evaluación del perito y especialista, podrán ser interrogados o ordenarse un examen adicional o repetido.

    Información general sobre armas de fuego. Problemas resueltos mediante examen balístico. Examen de municiones, marcas de disparo, clasificación de cartuchos. Requisitos de las muestras para examen. Registro de los resultados de la investigación pericial.

    El concepto de peritaje como medio de prueba, su relevancia y admisibilidad. Realización de un examen como forma de estudiar las circunstancias relevantes de un caso penal. La estructura del dictamen pericial y su contenido, verificación y valoración.

    Experiencia en procedimientos civiles. Concepto, tareas y función del examen forense. Clasificación y procedimiento para la realización de exámenes forenses. Peritaje como prueba judicial independiente. Situación procesal del perito.

    Estudiar las reglas para designar y realizar un examen: acción de investigación que consiste en una decisión que toma un investigador, una agencia de investigación o especialistas con conocimientos en ciencia, tecnología, arte o oficio. Derechos y responsabilidades del perito.

    Descripción de la esencia de la conclusión del perito como una de las pruebas en un caso penal. Descripción de los principales tipos de experimento. Valor probatorio, forma de valoración de la validez, principios de admisibilidad, trascendencia y confianza en la conclusión del perito.

    Investigación de pruebas, examen integral, causas de errores judiciales, investigación preliminar. El procedimiento para hacer preguntas a un experto. Normas para el cumplimiento del orden procesal de nombramiento y realización de los exámenes previstos en la ley.

    El concepto de examen médico forense, su clasificación y tipos, reglas de conducta y finalidad. Rasgos distintivos y casos de aplicación del examen judicial y extrajudicial estatal, características de la implementación del examen primario y secundario.

    Involucrar a auditores en exámenes e inspecciones en nombre de los organismos encargados de hacer cumplir la ley. La importancia de los informes de auditoría y la contabilidad forense en diversas áreas del control legal. Los materiales contables como objetos de investigación.

    El papel del conocimiento especial en la resolución de crímenes. Clasificación de los exámenes forenses y procedimiento para su designación. Exámenes de huellas dactilares. Opinión pericial: tipos de conclusiones, valoración del investigador y del tribunal. Proceso de investigación pericial.

    Determinación del marco legislativo, condiciones y procedimiento de organización, principales direcciones de la actividad forense utilizada en procesos civiles, administrativos y penales. Consideración de los derechos y responsabilidades del responsable del sistema de control.

    Estructura de las autoridades aduaneras de la Federación de Rusia, sus funciones y competencias. La tarea principal del examen aduanero forense, su base jurídica, procedimiento de designación y realización; requisitos de materiales. Análisis del mercado del automóvil en la feria de Siberia.

    Características de los protocolos de evaluación y otros documentos. El contenido y los métodos de verificación de los documentos y su análisis durante la evaluación tienen como objetivo conocer el origen, la autenticidad y el momento de elaboración del documento. Admisibilidad de la prueba, objeto de examen.

    La esencia del examen forense, condiciones y requisitos previos para su finalidad. El procedimiento para la realización del examen y las autoridades responsables de este procedimiento. Obtención de muestras para investigación comparativa y procedimiento para internar a un sospechoso en un hospital médico.

    Familiarización con las peculiaridades de la designación y realización de un examen forense de conformidad con el Código Penal de la Federación de Rusia. Motivos para desafiar a un experto. El derecho a solicitar la designación de un examen contable forense repetido y adicional.

    Métodos para establecer hechos esenciales en la investigación de delitos. Peritaje como documento procesal especial. Principios de la investigación pericial: evidencia física, documentos como tipo especial de evidencia, personas vivas.

Parte 1 arte. 74 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia llama prueba “... cualquier información a partir de la cual el tribunal, fiscal, investigador, investigador, en la forma prescrita por este código, establezca la presencia o ausencia de circunstancias que deban ser probado en el proceso penal, así como otras circunstancias pertinentes a la causa penal”. Parte 2 arte. 74 señala como prueba admisible el peritaje.

Opinión de expertos, según la parte 1 del art. 80 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, se trata de "el contenido del estudio y las conclusiones presentadas por escrito sobre las preguntas formuladas al perito por la persona que lleva el proceso penal o por las partes". Por tanto, la conclusión del perito es una forma procesal de examen.

El concepto de "experiencia" se utiliza en la ciencia y la práctica para denotar investigaciones que requieren el uso de conocimientos profesionales especiales. Por tanto, para comprender la esencia de la experiencia, es necesario considerar la cuestión de qué incluye el concepto de "conocimiento especial".

El Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia no define el concepto de conocimiento especial, es decir, no especifica cuándo el conocimiento de la persona que lleva el proceso penal o de las partes es insuficiente para establecer una circunstancia específica. El Código de Procedimiento Penal de RF no define claramente los motivos para ordenar un examen. Parcialmente las áreas de conocimiento especial se enumeran en el art. 196 Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia. Pero este artículo habla sólo de la designación "obligatoria" de un examen forense y cubre sólo las circunstancias más importantes desde el punto de vista del proceso penal.

Un intento de revelar el concepto de conocimiento especial se da en la Ley Federal del 31 de mayo de 2001 No. 73-FZ "Sobre las actividades de los expertos forenses estatales en la Federación de Rusia", recopilación de legislación de la Federación de Rusia. - 2001 - N 23 - Arte. 2291.. De conformidad con el art. 9 de la citada Ley, “el examen forense es una acción procesal consistente en realizar una investigación y dictaminar por un perito sobre cuestiones cuya resolución requiere conocimientos especiales en el campo de la ciencia, la tecnología, el arte o el oficio y que se someten a la consideración del perito por un tribunal, juez, órgano de instrucción, persona que dirige la investigación, investigador o fiscal, con el fin de establecer las circunstancias que deben probarse en un caso determinado."

De la definición anterior podemos concluir que el legislador clasifica todos los conocimientos no jurídicos como conocimientos especiales. Sin embargo, enumerar simplemente las áreas a las que se refiere este conocimiento no da una idea clara de su naturaleza.

  • 1) especial, que refleja la especificidad interna del contenido de este fenómeno;
  • 2) jurídico, que implica cierta forma de “incorporación” de conocimientos especiales a un estado de derecho.

De forma generalizada, el concepto de “conocimiento especial” se define como “conocimiento que está más allá del conocimiento jurídico, generalizaciones bien conocidas que surgen de la experiencia de las personas” Treushnikov M.K. Pruebas y pruebas en procedimientos civiles soviéticos. - M.: Editorial de la Universidad Estatal de Moscú. - 1982. - P. 129.. El énfasis principal en esta definición es que el conocimiento especial es aquel que se obtiene como resultado de la formación profesional y la experiencia en el ejercicio de cualquier actividad.

Según T.V. La desventaja de Sakhnova con tal definición es que se da a través de criterios delimitadores, es decir, no del conocimiento cotidiano ni legal. La definición presupone la posibilidad de identificar el fenómeno (objeto) que se define según sus rasgos característicos. Los criterios delimitadores esbozados deben considerarse como componentes de la relación entre conocimientos especiales y cotidianos, conocimientos especiales y jurídicos.

El problema de distinguir entre conocimiento especial y cotidiano es el problema de determinar los criterios para la necesidad de conocimiento especial.

B.M. también escribe sobre el problema de distinguir entre conocimiento especial y cotidiano. Bishmanov Bishmanov B.M. El uso de conocimientos especiales en actividades procesales y oficiales // “Agujeros negros” en la legislación rusa - 2002. - No. 4. - P. 442.. Cita la opinión de I.Ya. Foinitsky sobre la naturaleza cambiante de la frontera entre el conocimiento especial y el cotidiano. El conocimiento es un reflejo de las características objetivas de la mente humana. Se puede aceptar la división del conocimiento en ordinario y científico. El conocimiento cotidiano se forma por sí mismo, en el proceso de adquisición de la experiencia de vida por parte de cada individuo. El conocimiento científico se formó como resultado de la resolución de problemas cognitivos específicos para aclarar la esencia de los fenómenos con el fin de lograr una verdad objetiva completa. La relación entre el conocimiento cotidiano y el científico es muy estrecha. El conocimiento científico necesario en la vida cotidiana fluye hacia la vida cotidiana, al mismo tiempo que, como resultado de la investigación científica, se confirman algunos patrones de las actividades cotidianas. De esto se desprende la conclusión sobre la relatividad de la división del conocimiento.

Según el art. Arte. 195, 198 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, la necesidad de conocimientos especiales en la etapa de la fase previa al juicio la determina el investigador, el sospechoso, el acusado, la víctima y el testigo. Según el art. 283 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia en la etapa del proceso judicial: el tribunal y las partes. Algunos están obligados a plantear preguntas para la aprobación de los expertos, otros tienen derecho. Sin embargo, en la mayoría de los casos la ley no determina si se necesitan conocimientos especiales o no. Esto queda a discreción de la investigación y del tribunal.

TELEVISOR. Sakhnova propone basar esa discreción en las siguientes premisas:

  • 1) inclusión en la norma de derecho sustantivo, que presumiblemente se aplicará en el caso, de elementos especiales en una determinada forma (prerrequisito legal);
  • 2) el nivel de desarrollo del conocimiento científico, que permite, mediante técnicas especiales, establecer los hechos del tema de examen (requisito previo especial);
  • 3) la conexión entre el posible resultado del examen y el hecho jurídico deseado (premisa lógica).

Según el autor, estos requisitos previos son también criterios que nos permiten distinguir entre conocimientos ordinarios y especiales en una situación específica relacionada con el uso de conocimientos especiales en forma de examen forense.

De ahí que T.V. Sakhnova introduce el concepto de conocimiento especial: "siempre es conocimiento científico de naturaleza no jurídica, acompañado de métodos aplicados adecuados (reconocidos), utilizados para lograr ciertos objetivos legales". Esta definición, en nuestra opinión, da en general el concepto de conocimiento especial y en el futuro partiremos de ella.

El conocimiento especial como categoría procesal presupone su uso con fines legales en una determinada forma procesal. La forma procesal es un elemento integral de cualquier prueba. Por tanto, el uso real de conocimientos especiales fuera de las normas procesales no puede tener consecuencias jurídicas.

El conocimiento especial, entendido como categoría procesal, debe cumplir no sólo criterios especiales, como el conocimiento científico y profesional que poseen los especialistas, sino también los requisitos de la forma procesal. Deben estar separados de otros métodos y medios para realizar actividades procesales.

El concepto de "competencia" ha entrado firmemente en la circulación científica y práctica, no sólo en el sentido procesal. Este concepto significa realizar diversos estudios que requieren conocimientos especiales.

La palabra "experiencia" en sí proviene del latín expertus, que se usaba con dos significados: 1) conocedor de la experiencia, experimentado; 2) probado, experimentado. Así, cualquier examen, por definición, es, ante todo, la aplicación de conocimientos especiales, profesionales y precisamente de aquellos que han sido probados experimentalmente. El examen también supone que su resultado es información obtenida "de la experiencia", basada en un estudio aplicado de un objeto específico, realizado por una persona con conocimientos utilizando herramientas especiales.

El examen podrá tener como objeto circunstancias y elementos de diversas áreas de la actividad práctica, cuya evaluación profesional requiera conocimientos especiales.

Cualquier examen es un estudio aplicado de un objeto específico con el fin de lograr un conocimiento no estrictamente científico, sino aplicado. Un rasgo característico de este tipo de investigación es el uso de técnicas de investigación especiales y altamente especializadas que dan resultados reproducibles, es decir, repetibles. Por lo tanto, cualquier examen se lleva a cabo de acuerdo con normas estrictamente definidas, que están determinadas por el tema del examen y el alcance de aplicación de los conocimientos especiales.

Los objetos de examen son muy diversos. Pueden ser actos y documentos, tecnologías, consecuencias de los impactos en el medio ambiente y los seres humanos, productos industriales y de otro tipo, objetos de arte, animales, incluidos los seres humanos.

El examen forense en el proceso penal es uno de los tipos de examen que tiene características especiales descritas en la legislación procesal penal. Como cualquier otro examen, el examen forense en un proceso penal es un estudio especial.

Sin embargo, no todos los estudios pueden denominarse exámenes forenses. El término "judicial" actúa como un atributo de examen, su propiedad adicional, determinada por el ámbito social especial de aplicación y, por tanto, determinando su forma especial: jurídica. El propio término “examen forense” significa que no se refiere a ningún examen, sino al que se utiliza en el proceso judicial. En particular, los procesos penales. De ahí la rígida forma procesal como forma de existencia del examen forense.

Las acciones reales, sin observar la forma procesal, no conllevan consecuencias jurídicas. La pericia en el proceso penal existe en la medida en que está regulada por las normas del derecho procesal penal. La combinación de estas normas es un requisito previo necesario para el surgimiento de relaciones jurídicas en materia de examen en el proceso penal y, en consecuencia, acciones específicas de los participantes en el proceso relacionadas con el nombramiento y realización del examen, así como el uso de sus resultados para fines probatorios.

"La base para el surgimiento de relaciones jurídicas en relación con el examen son los hechos jurídicos: acciones procesales. El principal es la decisión del tribunal sobre el nombramiento del examen. Sin este documento, es imposible que surjan relaciones jurídicas en relación con el examen forense ". " Mojov a.a. Examen médico judicial y extrajudicial: similitudes y diferencias fundamentales // Arbitraje y proceso civil. - 2004. - No. 1. - pág.29.

Así, el examen forense en el proceso penal puede definirse como una institución jurídica independiente, es decir, como un conjunto de normas de derecho procesal penal que regulan las relaciones relativas al propósito y la realización del examen, la obtención y la evaluación del dictamen pericial. Estas normas se implementan a través de un determinado sistema de relaciones jurídicas que surgen entre los participantes en el proceso y el perito, entre los propios participantes en el proceso, cuyo contenido son determinadas acciones procesales.

Por tanto, desde el punto de vista del derecho procesal penal, el examen puede definirse como un conjunto de acciones procesales especiales, estrictamente reguladas por el derecho procesal penal y encaminadas a la obtención de prueba judicial: el peritaje.

En este sentido, conviene detenerse brevemente en el problema del examen extrajudicial.

El examen extrajudicial está estrictamente regulado por ambas leyes federales (por ejemplo, la Ley Federal del 26 de marzo de 1998 No. 41-FZ "Sobre metales preciosos y piedras preciosas", Colección de legislación de la Federación de Rusia. - 1998. - N 13. - Art. 1463., inciso 5 h 2, Art. 13), y reglamentos departamentales (por ejemplo, Orden del Comité de la Federación de Rusia sobre Metales Preciosos y Piedras Preciosas de 23 de junio de 1995 No. 182 “Sobre la aprobación de las instrucciones para la implementación de la supervisión de ensayos” Russian News - 1995. - 3 de agosto. - N 144., párrafos 9.1-9.16 "Instrucciones para la implementación de la supervisión de ensayos").

Estos estudios se llevan a cabo con bastante frecuencia y sus materiales aparecen en casos penales: las partes los presentan al investigador o al tribunal y sirven como base para iniciar casos penales (por ejemplo, los resultados de los controles de calidad y seguridad de los alimentos realizados). elaborado por Rospotrebnadzor). Con el desarrollo del principio de contradicción en los procesos penales, deberíamos esperar un aumento en el número de fenómenos de este tipo. Surge la pregunta sobre la necesidad de nombrar un perito forense en los mismos temas. Según Yu. Orlov, no existe tal necesidad: "El examen extrajudicial difiere de la forma procesal judicial. No hay ni puede haber diferencias metodológicas entre ellos. Por lo tanto, si un examen extrajudicial es llevado a cabo por un perito suficientemente competente, todas las cuestiones de interés para la investigación y el tribunal han sido resueltas y no existen obstáculos procesales para utilizar la conclusión como prueba (el interés del perito en el resultado del caso, etc.), entonces la realización paralela de un el examen forense (excepto en los casos en que sea obligatorio por ley) pierde todo significado”. Orlov Yu.Cuestiones controvertidas del examen forense. // Justicia rusa. - 1995. - No. 1. - P. 11. Al mismo tiempo, Yu. Orlov dice que lo dicho es cierto en los casos en que en el momento de la investigación la conclusión de un examen extrajudicial ya está en el caso. Es inaceptable designar un examen no judicial en lugar de un examen forense. El investigador (tribunal) sólo puede ordenar un examen forense, realizado respetando todas las normas procesales y los intereses de las personas involucradas en el caso.

En general, este punto de vista parece completamente justificado, aunque el propio autor admite que la conclusión de un examen extrajudicial no es, en esencia, la conclusión de un examen forense. La razón es que el llamado “examen extrajudicial” no está regulado por el derecho procesal sino por el derecho administrativo. Durante su producción no se observan las normas del derecho procesal. Y desde el punto de vista de la ley, no se puede infringir la ley "ligeramente" o "ligeramente": la ley se respeta o no.

Por esta razón, para evitar confusiones terminológicas, en tales casos es más apropiado hablar de "opinión de un especialista", o mejor "certificado de un especialista", una forma bien conocida y no procesal de utilizar conocimientos especiales en la etapa. de controles previos a la investigación de las denuncias de un delito cometido o inminente.

L.M. escribe sobre esto. Isaeva. En su opinión, el examen es sólo una parte de toda la institución de las personas con conocimientos. Este término, que nos llegó del pasado, caracteriza con mayor precisión a personas con conocimientos especiales que pueden ayudar en la investigación. Actualmente, la práctica plantea nuevas preguntas: qué hacer si sólo se necesita el consejo de una persona con conocimientos especiales, cómo involucrar a esas personas en la identificación de delitos y muchas otras. El actual Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia sitúa la participación en todas las actuaciones procesales, con excepción de los exámenes, dentro de la competencia de un especialista. Sin embargo, los detalles de su participación no se especifican en el Código. “Por lo tanto, es posible que el siguiente paso en la evolución de la institución de personas con conocimientos especiales sea la integración, pero en un nuevo nivel de desarrollo, en dos direcciones de su uso... Tal integración implica la percepción de todas las personas. con conocimientos especiales como miembros de una única institución de personas “conocedoras”, pero pueden actuar en procedimientos judiciales ya sea como especialistas, o como peritos, o, si las necesidades del procedimiento judicial así lo requieren, como algún tipo de nueva figura procesal. " Isaeva L.M. Conocimientos especiales en procesos penales. - M.: YURMIS, ld. - 2003. - pág.32.

Hablando de la experiencia en general, como una forma de utilizar conocimientos especiales, nos detendremos brevemente en el problema de la experiencia jurídica. Hasta ahora no se ha reconocido la necesidad de designar y realizar dicho examen sobre cuestiones relacionadas con la aplicación de la legislación rusa. Y esto a pesar de que el sistema jurídico es cada vez más complejo, no sólo aparecen nuevas instituciones, sino también ramas del derecho. Por ejemplo, las ramas del derecho fiscal y medioambiental no existían hasta hace poco. Actualmente, los jueces que consideran y resuelven casos penales relacionados con delitos fiscales y ambientales deben conocer no sólo el derecho penal, sino también comprender las complejidades de estas dos ramas. Y no sólo éstas, también existen ramas del derecho financiero, inmobiliario y bancario. El alcance de la legislación administrativa es aún mayor y no está sistematizado. Naturalmente surge la pregunta: ¿puede un juez de un tribunal de jurisdicción general, que al fin y al cabo es también una persona, leer tal volumen de actos legislativos en un volumen suficientemente completo?

Parece que si un juez necesita conocer la opinión de alguien sobre la resolución de un caso en particular, siempre tiene la oportunidad de obtener el asesoramiento necesario de personas cuya competencia en asuntos relevantes no le causa dudas. Y seguir o no la opinión de otra persona es un derecho del juez, independientemente de si esta opinión está formalizada procesalmente o no.

SOBRE EL. Podolny Podolny N.A. Peculiaridades de la valoración de la opinión de un experto. // Juez ruso. - 2000. - No. 4. - P. 10., hablando de la valoración de la conclusión de un perito, compara a éste con un juez, para mayor claridad, y la valoración de la conclusión con la revisión de la sentencia. Hablando de experiencia jurídica, podemos hacer una comparación inversa: un juez con un perito. En esencia, los procedimientos judiciales son “procedimientos de peritaje”, en los que un juez actúa como “experto” y se plantean cuestiones sobre la aplicación del derecho penal para su resolución. El veredicto del tribunal puede considerarse como una especie de “opinión pericial”. Desde este punto de vista, si permitimos la posibilidad de realizar un examen jurídico, el siguiente paso debería ser permitir la abolición total del tribunal.

El Tribunal Supremo también habla de la inadmisibilidad del examen jurídico: “Los tribunales deben tener en cuenta que las preguntas planteadas al perito y su conclusión al respecto no pueden ir más allá de los conocimientos especiales de la persona encargada de realizar el examen... Los tribunales no deben permitir que se planteen cuestiones jurídicas ante el perito cuestiones que no son de su competencia." Sobre el examen forense en casos penales. Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la URSS de 16 de marzo de 1971 No. 1, párrafo 11. // BVS URSS. - 1971. - No. 2.

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